Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 12306
Ejecución de Titulos Judiciales 109/2015
Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social 1 de EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 109/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. ANTONIO ROJO MENCHERO contra la empresa JOSE MAYOR GARCIA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO 21/07/15
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, ANTONIO ROJO MENCHERO, frente a JOSE MAYOR GARCIA, parte ejecutada, por importe de 516,89 euros en concepto de principal, más otros 103,37 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
DECRETO 21/07/15
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.
- Proceder al embargo por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses, librándose al efecto Mandamiento para que la Comisión Judicial practique dicha diligencia.
- El embargo de saldos acreedores para asegurar la responsabilidad de JOSE MAYOR GARCIA librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
- Inténtese la notificación en el domicilio sito en c/. Historiador Clapés, 2, bajos, pta. A de Santa Eulalia y cautelarmente a través del BOIB.
Y para que sirva de notificación en legal forma a JOSE MAYOR GARCÍA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a veintiuno de Julio de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL