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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 12371
Notificación retirada varios vehículos julio 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resultando imposible la notificación de las resoluciones de Alcaldía correspondientes a los titulares de los vehículos abandonados en la vía pública y en el depósito municipal de vehículos de acuerdo con los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con el presente anuncio se comunica a las personas relacionadas su contenido:

1º. Entregar los siguientes vehículos a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su destrucción y descontaminación.

2º. Notificar la presente resolución a los interesados.

EXPEDIENTE

RESOLUCIÓN ALCALDÍA

FECHA

DNI TITULAR

MARCA Y MODELO

MATRÍCULA

LUGAR

54/2014 VEHICLESRSU

744/2015

01/06/2015

PM062587

BMW 325 I

IB3103BT

C/Pi, s/n       Cala Millor

65/2014 VEHICLESRSU

716/2015

27/05/2015

Y0200556X

RENAULT RAPID

3321CDP

C/Davant s’Hort, pàrking

69/2014 VEHICLESRSU

754/2015

02/06/2015

Desconegut

MERCEDES 190D

BARGS371

C/ Mestral, Cala Bona

04/2015 VEHICLESRSU

793/2015

10/06/2015

41515757K

TOYOTA RAV4

IB8773CV

C/Dragonera, 1 Son Servera

07/2015 VEHICLESRSU

790/2015

10/06/2015

X5169766X

HONDA VISION 50

C7811BFP

C/Sipells, 13 Cala Millor

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a.- Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b.- El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

      

Son Servera, 21 de julio de 2015

       

La Alcaldesa

Natalia Troya Isern