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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 12349
Aprobación de la encomienda de gestión de los convenios de ingressos consignados en el presupuesto del Consejo de Mallorca al Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el pasado día 22 de julio de 2015 ha acordado:

“ANTECEDENTES

I. De acuerdo con el artículo 17 c) de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, sus recursos económicos son las subvenciones y aportaciones de la Unión Europea, el Estado, la comunidad autónoma de las Islas Baleares y otras entidades públicas, o de particulares, que sean transferidos al Consejo de Mallorca para fines propios del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

II. En el presupuesto de ingresos del Consejo de Mallorca para el año 2015 figuran consignados los siguientes convenios:

40

45003

CAIB: FAMÍLIES MONOPARENTALS

0,00

40

45004

CAIB: PROG. INFÀNCIA MALTRACTADA

0,00

40

45005

CAIB: SALARI SOCIAL

4.682.458,00

40

45006

CAIB: CONVENIS ACCIÓ SOCIAL (PPB)

7.117.394,00

40

45007

CAIB: TRACTAMENT DROGADICCIÓ

1.039.819,50

40

45008

CAIB: CONVENIS IMMIGRANTS

0,00

40

45009

CAIB: PROGRAMA ERGON DISCAPACITATS

342.300,00

40

45010

CAIB: CONVENI NOVES PLACES DISCAPACITATS

0,00

40

45101

SOIB: CONVENI PROGRAMA “S'EIX”

0,00

40

45102

SOIB: PROGRAMES D'INSERCIÓ SOCIOLABORALS DE LA RMI

0,00

40

45103

SOIB CONVENI SOIB PLA FORMACIÓ DISCAPACITATS

0,00

III. Estos ingresos se instrumentalizan, bien mediante la suscripción de un convenio, bien mediante la tramitación de una solicitud de subvención, y se refieren a materias que son gestionadas por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales. Consecuentemente, este organismo tiene un conocimiento más directo sobre el contenido de todos estos convenios, lo cual aconseja que sean los técnicos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales los que hagan las gestiones administrativas y se encarguen de gestionarlos, todo ello sin perjuicio que se instrumenten los mecanismos correspondientes para que los ingresos se hagan efectivos a favor del Consejo de Mallorca.

IV. La Intervención General del Consejo de Mallorca ejerce el control de estos ingresos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. De acuerdo con el art. 2.3 de sus Estatutos, el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ejerce cualquier otra competencia que le encomiende el Consejo, directamente mediante delegación o encomienda o, indirectamente, a través de convenios con otros entes territoriales o institucionales con finalidades coincidentes.

II. De acuerdo con el Decreto de organización del Consejo de Mallorca de 15 de julio de 2011, modificado por el decreto de día 10 de octubre de 2011 (BOIB núm. 111, de 21-07-2011 y BOIB núm. 159, de 22 de octubre de 2011) dictado por la presidenta del Consejo de Mallorca, corresponde al Consejo Ejecutivo, entre otros, aprobar los convenios con otras entidades públicas o privadas en la cuantía que dispongan las bases de ejecución

Concretamente, la base 23 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consejo de Mallorca establece que corresponde al Consejo Ejecutivo aprobar convenios independientemente de su cuantía.

III. El art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, prevé que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público puede ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma administración o de otra diferente, por razones de eficacia.

Se propone al Consejo Ejecutivo que adopte el acuerdo siguiente:

Primero. Encomendar la gestión de los ingresos siguientes, así como las posibles prórrogas y adendas, al Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales y en las condiciones indicadas en los antecedentes.

40

45003

CAIB: FAMÍLIES MONOPARENTALS

0,00

40

45004

CAIB: PROG. INFÀNCIA MALTRACTADA

0,00

40

45005

CAIB: SALARI SOCIAL

4.682.458,00

40

45006

CAIB: CONVENIS ACCIÓ SOCIAL (PPB)

7.117.394,00

40

45007

CAIB: TRACTAMENT DROGADICCIÓ

1.039.819,50

40

45008

CAIB: CONVENIS IMMIGRANTS

0,00

40

45009

CAIB: PROGRAMA ERGON DISCAPACITATS

342.300,00

40

45010

CAIB: CONVENI NOVES PLACES DISCAPACITATS

0,00

40

45101

SOIB: CONVENI PROGRAMA “S'EIX”

0,00

40

45102

SOIB: PROGRAMES D'INSERCIÓ SOCIOLABORALS DE LA RMI

0,00

40

45103

SOIB CONVENI SOIB PLA FORMACIÓ DISCAPACITATS

0,00

Segundo. Delegar la aprobación y la firma de los convenios mediante los cuales se instrumentalicen los mencionados ingresos en favor de la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares”.

 

Palma, 28 de julio de 2015

La secretaria delegada
(BOIB núm. 160, de 14-11-2006)
Inmaculada Borrás Salas