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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 24 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11377
Juicio verbal 159/2015 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA: 00080/2015

En Palma de Mallorca, a 19 de Junio de 2015.

Vistos por mí, Dª. JUANA A. ARBONA GINARD, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº24 de los de esta ciudad y su  partido, los autos del juicio verbal nº159/2015 seguidos ante  este Juzgado, promovidos a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO MONTECARLO, sito en la calle Ramón de Moncada 17 de Santa Ponsa, Calviá, representada por el/la Procurador/a Dª. LUISA ADROVER THOMÁS, y asistida del Letrado D. JUAN ESCANDELL TORRES, contra D. RAFAEL DIEZ SERRATACO, declarado en rebeldía, y versando los autos sobre reclamación de cantidad, atendiendo a los siguientes,

FALLO

QUE ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Adrover, en nombre y representación de la

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO MONTECARLO, sito en la calle Ramón de Moncada 17 de Santa Ponsa, Calviá, contra D. RAFAEL DIEZ SERRATACO; DECLARO que el demandado adeuda a la Comunidad de Propietarios actora la cantidad de 2.627,27 Euros, en concepto de gastos comunitarios devengados por el inmueble reseñado en el hecho primero de la demanda, así como los intereses legales desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución; CONDENO a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones, y al pago de las cantidades indicadas. Por otra parte se establece la obligación de la parte demandada de abonar el interés previsto en el art. 576 de la LEC, desde la fecha de la sentencia hasta el completo pago de la deuda.

Se condena expresamente en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución no cabe recurso de apelación, al no superar la cuantía del procedimiento de los 3.000 Euros (art. 458 Art. 458 LEC, según reforma operada por la Ley 37/2011, de 10 de Octubre, de medidas de agilización procesal LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.-La anterior sentencia ha sido dada leída y publicada por la Iltma. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha que obra en el encabezamiento de la presente resolución. DOY FE.

Y como consecuencia del ignorado paradero de RAFAEL DIEZ SERRATACO , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta de Junio de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL