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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 12276
Resolución del director general del Servicio de Salud de 14 de julio de 2015 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento ordinario núm. 483/2014

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Texto

Hechos

La Sra. María José Salvador Robles ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo —actuaciones núm. 483/2014, que se siguen por el procedimiento ordinario en el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, Sala de lo Contencioso Administrativo 001 contra la resolución del conceller de Salud y Consumo de 24 de enero de 2011 por la cual se aprueba la lista de aspirantes que han superado el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría grupo auxiliar administrativo de la función administrativa dependientes del Servicio de Salud de les Islas Baleares, convocado mediante la resolución de 15 de junio de 2009 (BOIB núm. 91, de 23 de junio de 2009)

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Citar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo — actuaciones núm. 483/2014, que se siguen por el procedimiento ordinario en el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, Cala de lo Contencioso Administrativo 001— con la finalidad de que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que se puedan personar como demandadas ante este Tribunal en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta resolución.

2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte —sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles notificación alguna.

 

Palma, 14 de julio de 2015

 

El director general

Juli Fuster Culebras

Por delegación del consejero de Salud, Familia  y Bienestar Social (BOIB núm. 141/2012)