Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 12269
Estructura Administrativa Municipal
En conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, se hace público que el Sr. Alcalde, en fecha 16 de junio de 2015, ha dictado el Decreto que seguidamente se transcribe:
“DECRETO DE ALCALDIA
En la sesión plenaria celebrada el pasado día 13 de junio de 2015 quedó constituida la nueva Corporación, resultante de las elecciones locales celebradas el 24 de mayo de 2015.
Atendida la necesidad de establecer la nueva organización administrativa municipal y haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, en concordancia con el artículo 41.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, dicto lo siguiente
DECRETO
1. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL
Los servicios administrativos del Ayuntamiento de Alcudia, bajo la dirección del Alcalde, se estructuran en las áreas de gestión siguientes:
1. Área de Alcaldía y Personal.
2. Área de Cultura, Normalización Lingüística, Transparencia y Participación Ciudadana.
3. Área de Hacienda, Contratación y Estadística.
4. Área de Educación y Patrimonio
5. Área de Urbanismo, Deportes y Juventud.
6. Área de Obras Propias, Turismo y Relaciones Institucionales.
7. Área de Ferias y Mercados.
8. Área de Comercio y Fiestas.
9. Área de Servicios Generales y Mantenimiento.
10. Área de Sanidad, Bienestar Social e Igualdad.
11. Área de Medio ambiente.
La titularidad de las áreas antes descritas corresponde al alcalde y a los tenientes de alcalde que ejerzan las competencias que se les atribuyan mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación genérica.
Así mismo, podrán ser objeto de delegaciones especiales en los regidores que no formen parte de la Junta de Gobierno Local la atribución de la responsabilidad en la dirección y gestión de los servicios que se determinen mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación especial.
2. ATRIBUCIONES Y RÉGIMEN DE ADSCRIPCIÓN DE DEPARTAMENTOS, ORGANISMOS AUTÓNOMOS, EMPRESAS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS.
1. Área de Alcaldía y Personal.
1.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Alcaldía y Personal son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Policía Local, Seguridad Ciudadana y Protección Civil
- Movilidad
- Celebración de matrimonios civiles y de actos declarativos de situaciones de parejas de hecho
- Comunicación y protocolo
- Secretaría general
- Responsabilidad Patrimonial
- Oferta de ocupación y procedimientos selectivos
- Plantillas de personal y sistemas retributivos
- Organización y situaciones administrativas del personal
- Convenio laboral y pactos de condiciones de funcionarios
- Catálogos y relación de lugares de trabajo
- Promoción y formación ocupacional
- Resto de atribuciones no conferidas a otras áreas de gestión municipal.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
1.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Alcaldía, Secretaría, Asesoría Jurídica-Abogacía municipal y Personal.
Todo y que la adscripción directa de los departamentos de Secretaría, Asesoría Jurídica-Abogacía municipal y Personal al área de Alcadía, las funciones de los mencionados departamentos se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal, con inclusión explícita de los organismos autónomos locales, empresas municipales y consorcios en la gestión de los cuales participe el Ayuntamiento de Alcúdia, atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
Sin perjuicio del régimen de adscripción descrito, corresponde al área de Alcaldía y Personal la coordinación de las diferentes áreas de gobierno municipal.
2. Área de Cultura, Normalización Lingüística, Transparencia y Participación Ciudadana.
2.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Cultura, Normalización Lingüística, Transparencia y Participación Ciudadana son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
2.1.1 Sección de Cultura:
- Programas culturales
- Patronatos culturales
- Fundaciones y organismos culturales
- Bibliotecas e instalaciones culturales en general
- Auditorio municipal
- Honores y distinciones
2.1.2 Sección de Normalización Lingüística:
- Promoción de la lengua
2.1.3 Sección de Transparencia y Participación Ciudadana:
- Publicidad activa, información pública y buen gobierno
- Administración electrónica
- Oficina de Atención al Ciudadano
- Desarrollo local
- Promoción de asociacionismo
- Relaciones ciudadanas
- Defensor del ciudadano
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
2.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Cultura, Normalización Lingüística, Transparencia y Participación Ciudadana
- Organismo Autónomo Local “Alcúdia Radio”.
- Fundación de la Escuela Municipal de Música de Alcúdia
- Fundación Biblioteca de Alcúdia “Ca’n Torró”
Todo y que la adscripción directa de los departamento de Normalización Lingüística al Área de Cultura, Normalización Lingüística, Transparencia y Participación Ciudadana, las funciones de los mencionados departamentos se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal, con inclusión explícita de los organismos autónomos locales, empresas municipales y consorcios en la gestión de los cuales participe el Ayuntamiento de Alcudia, atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
3. Área de Hacienda, Contratación y Estadística.
3.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Hacienda, Contratación y Estadística son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
3.1.1 Sección de Hacienda:
- Planificación económica
- Plan de inversiones
- Estudios económicos
- Intervención y depositaría
- Rentas, exacciones e inspecciones tributarias
- Catastro
- Recaudación
- Gastos y deuda pública
- Derechos y Patrimonio municipal
- Adquisiciones y alienaciones patrimoniales
- Permutas
- Concesiones administrativas
- Sanciones y multas
- Censos, estadística e informática
3.1.2 Sección de Contratación:
- Tramitación de expedientes de contratación, concesiones y autorizaciones demaniales, y autorizaciones reglamentadas.
- Preparación y asistencia a Mesas de contratación y Valoración.
- Seguimiento de la ejecución de los expedientes antes referidos.
3.1.3 Sección de Estadística:
- Gestión del Padrón Municipal.
- Población
- Lista oficial de calles.
- Gestión de expedientes de agrupación familiar.
- Procedimientos electorales
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
3.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Intervención y Tesorería, Rentas y Exacciones, Contratación, Informática y Estadística.
Todo y que la adscripción directa de los departamentos de Intervención y Tesorería, Contratación e Informática al área de Hacienda, Contratación y Estadística, las funciones de los mencionados departamentos se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal, con inclusión explícita de los organismos autónomos locales, empresas municipales y consorcios en la gestión de los cuales participe el Ayuntamiento de Alcudia, atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo estos departamentos municipales.
4. Área de Educación y Patrimonio.
4.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Educación y Patrimonio son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
4.1.1 Sección de Educación
- Educación en general
- Escuelas Infantiles de 0 a 3 años
- Promoción de la enseñanza
- Centro de adultos
- Relaciones con estudiantes y APYMAs
- Mantenimiento y limpieza de centros escolares
- Transporte escolar
- Consejo Municipal Escolar
4.1.2 Sección de Patrimonio:
- Nomenclatura de calles
- Toponimia
- Protección y promoción del patrimonio artístico
- Protección, promoción y divulgación del patrimonio histórico
- Conservación de monumentos artísticos
- Edificios catalogados
- Centro histórico
- Museos y archivos
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
4.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Educación y Patrimonio.
- Consorcio de la Ciudad Romana de Pollentia.
5. Área de Urbanismo, Deportes y Juventud.
5.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Urbanismo, Deportes y Juventud son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
5.1.1 Sección de Urbanismo.
- Cartografía
- Planificación urbanística
- Planeamiento General
- Planes Parciales
- Planes Especiales
- Convenios urbanísticos
- Plan estratégico
- Licencias de obra
- Disciplina urbanística
- Licencias y control de actividades
- Licencias de parcelación y segregación
- Disciplina urbanística
- Catálogos
5.1.2 Sección de Deportes.
- Patronato municipal de deportes
- Instalaciones deportivas
- Deporte base
- Promoción de actividades deportivas
- Gestión de servicios deportivos
5.1.3 Sección de Juventud.
- Gestión del Centro Universitario de Alcudia “Ca`n Joanet”
- Juventud
- Becas
- Campamento y albergue juvenil de la Victoria y otras instalaciones similares
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
5.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Actividades, Obras, Planificación Urbanística, Disciplina Urbanística, Cartografía, Deportes y Juventud.
- Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, S.A.
- Patronato Municipal de Deportes de Alcudia.
- Fundación Biblioteca de Alcúdia “Ca`n Torró”
6. Área de Obras Propias, Turismo y Relaciones institucionales.
6.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Obras Propias, Turismo y Relaciones Institucionales son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
6.1.1 Sección de Obras Propias:
- Obras y proyectos municipales
- Control y seguimiento de cualquier obra municipal
- Ciclo integral del agua: abastecimiento, alcantarillado y depuración.
6.1.2 Sección de Turismo:
- Promoción turística
- Coordinación de sectores turísticos
- Oficinas de información
- Relaciones públicas y comunicación
- Relaciones con estamentos y organismos turísticos
- Actividades turísticodeportivas
- Estación Náutica
6.1.3 Sección de relaciones institucionales:
- Promoción, programación y seguimiento general de las relaciones municipales con otras instituciones públicas y privadas.
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
6.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Obras Propias y Turismo.
- Consorcio de Promoción Exterior.
- Consorcio de Infraestructuras.
7. Área de Ferias y Mercados.
7.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Ferias y Mercados son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Mercados y ferias
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
7.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Comercio y Cultura.
8. Área de Comercio y Fiestas.
8.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Comercio y Fiestas son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Promoción y dinamización del comercio
- Relaciones con asociaciones de comerciantes
- Organización de fiestas populares
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
8.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamentos de Comercio y Cultura.
9. Área de Servicios Generales y Mantenimiento.
9.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Servicios Generales y Mantenimiento son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Brigada municipal
- Mantenimiento de edificios municipales
- Conservación de calles, plazas, caminos jardines y zonas verdes
- Servicios públicos generales
- Servicio de salvamento y socorrismo a las playas
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
9.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Brigada municipal.
- Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, SA.
Todo y que la adscripción directa de la brigada municipal al área de Servicios Generales y Mantenimiento, las funciones del mencionado departamento se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal, con inclusión explícita de los organismos autónomos locales, empresas municipales y consorcios en la gestión de los cuales participe el Ayuntamiento de Alcudia, atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo este departamento municipal.
10. Área de Sanidad, Bienestar Social e Igualdad.
10.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Sanidad, Bienestar Social e Igualdad son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Beneficiencia
- Tercera Edad
- Protección de menores
- Atención social
- Ayuda domiciliaria
- Servicio de ayuda a la gente mayor
- Subvenciones a entidades sociales de cariz benéfico
- Mujer
- Promoción de la igualdad de género.
- Sanidad y salubridad pública
- Inspecciones sanitarias
- Cementerio
- Centro de Salud
- Junta local de Sanidad
- Residencia geriátrica
- Centre de día
La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
10.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamento de Sanidad, Bienestar Social e Igualdad.
11. Área de Medio ambiente.
11.1 Atribuciones:
Las atribuciones del área de Medio ambiente son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:
- Montes públicos
- Espacios naturales
- Seguimiento Plan ecoturístico
- Seguimiento Agenda Local 21
- Gestión de residuos
11.2 Departamentos, organismos autónomos, empresas, fundaciones y consorcios adscritos.
- Departamento de Medio ambiente
- Empresa Municipal de Servicios de Alcudia, SA.
Disposición Adicional Primera
Los decretos de delegación correspondientes establecerán las competencias generales que tienen que desarrollar los titulares responsables de las áreas y servicios delegados en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas.
Disposición Adicional Segunda
A todos los efectos los departamentos adscritos en las áreas que forman la estructura administrativa del Ayuntamiento de Alcúdia desarrollarán su actividad bajo el principio de cooperación interdepartamental con el objetivo de procurar la eficiencia de los servicios municipales que corresponde prestar dentro de la estructura organizativa general de la corporación y de sus organismos dependientes.
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB en conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.”
Cosa que hacemos pública
Alcudia, 17 de julio de 2015
El Alcalde,
Antoni Mir Llabrés