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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 12265
Decreto de delegación de atribuciones a favor de regidor

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Texto

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la LBRL y al artículo 61 de la Ley Municipal y Régimen Local de las Islas Baleares 20/60, de 15 de diciembre.

Razones de índole técnica, económica i eficacia administrativa, hacen conveniente delegar en el concejal señor Tomeu Tugores Vicens el ejercicio de las competencias que a continuación se indiquen y que esta Alcaldía tiene, y que conforme a derecho resulten delegables en las materias siguientes: DEPORTES, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN:

1) Actos de trámite necesarios para el desarrollo de la gestión de Deportes, Participación Ciudadana y Cooperación, salvo que decidan directamente o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión  o perjuicios irreparables a derechos e intereses legítimos y visto bueno en las certificaciones en este ámbito.

2) En el supuesto de que los expedientes objeto de delegación, se aprecie la necesidad de resolver con urgencia, a los fines de no posponer la resolución que proceda, esta se llevará a cabo por el Concejal del área afectada, y que cuenta con la oportuna delegación para impulsar los actos de trámite, debiendo dar cuenta a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que se celebre.

3) La delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

4) El concejal delegado quedará obligado a informar a esta Alcaldía, de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.

En lo previsto en esta resolución regirá la LBRL, el artículo 61 de la Ley Municipal y Régimen Local de las Islas Baleares 20/06, de 15 de diciembre y ROF en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.

 

Llucmajor, 16 de julio de 2015

 

                    El Alcalde,                                                              Ante mí, el Secretario,

              Jaume Tomàs Oliver                                                     Rafael Martínez Barrios