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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 12238
Decreto de ampliación de competencias del área de Ciutadanía al delegado especial de Medio Ambiente y Mobilidad (ampliación 2015-01)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La alcaldía presidencia, en fecha 22 de julio de 2015, ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:

“DECRETO

Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, de acuerdo con el dispuesto al artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (*LRBRL).

Razones de oportunidad y conveniencia en vez de una agilización y mejora del servicio, aconsejan delegar la dirección y gestión de determinados asuntos que a continuación se detallarán, en el marco establecido en el Decreto de Alcaldía núm. 1.724/2015, de 16 de junio, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor.

En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 y 23.4 de la LRBRL, y 43,44,120,121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROFJEL),

RESUELVO:

1.º Ampliar la delegación en el Concejal D. Carles J. Grimalt García, para la dirección y gestión de los asuntos incluidos en el área de CIUDADANÍA que a continuación se especifican:

- Cementerio

2.º La delegación especial conferida se circunscribe al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

3.º El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión del servicios municipales señalados, y la persona delegada actuará bajo la dependencia y coordinación funcional de la 4a. Teniente de Alcalde, Da. Maria Francisca Mas Perelló, Delegada del área de Ciudadanía.

4.º Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Concejal Delegado, se publicarán al BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.

5.º El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía y a la Delegada de Área de la cual depende el estado de los asuntos que gestione, así como de los actos de trámite que correspondan a decisiones de trascendencia en los términos previstos al artículo 115 del ROFRJEL.

En el no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen a dichas normas”.

Manacor, 22 de julio de 2015

El alcalde,
Miquel Oliver Gomila