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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE CONSELL

Núm. 12215
Notificación bajas de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En base a la resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de abril de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan las instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal, se notifica que el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida del padrón municipal de habitantes por incumplir los requisitos establecidos al art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades Locales, las siguientes personas:

Apellidos - Nombre

documento

Fecha de nacimiento

Barham - Marion Jane

Y00453421J

23/05/1989

Bucher - Gerhard Juergen

Y01475421P

19/07/1972

Garcia Ruiz - Hanif

77556083Z

30/12/1996

Giannone Margarit - Elias

20888368K

24/06/2000

Guardiola Morey - Maria Cristina

44326711F

12/08/1974

Haji Antoni - Anton Louis

X02867073P

03/02/1989

Hamon - Jo Anne

X09539298W

08/08/1980

Hewitt - Andrew Graham

X09539297A

03/04/1985

Hrustanovic - Kerin

81448603

07/01/1991

Ibe - Christian Ikechukwu

X08383632V

15/03/1977

Lawson - Muhammad Habib

X07739726L

19/12/1987

Se concede un plazo de quince días desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año.

Una vez transcurrido el mencionado plazo sin que se haya utilizado el derecho para presentar alegaciones o aportar pruebas, de acuerdo con el artículo 72 del vigente “Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades locales” se enviará el expediente al “Consejo de Empadronamiento”, para que emita de oportuno informe.

Lo que se anuncia en aplicación del previsto al arte. 59 de la LRJAP y PEC, atendida la imposibilidad de noticiarlo a los interesados para su conocimiento y efectos correspondientes.

 

Consell, a 21 de julio de 2015.

 

El Alcalde,

Andreu Isern Pol