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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 12143
Asignación de dotación a los grupos políticos municipales - Pleno 03.07.2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de día 3 de julio de 2015, adoptó el acuerdo que -a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente- a continuación se transcribe:

“Asignación de dotación a los grupos políticos municipales.

El Sr. Llodrà Gayà da cuenta de la propuesta de alcaldía que seguidamente se transcribe:

“PROPUESTA DE ALCALDÍA

Asunto: Asignación de dotaciones a los grupos políticos municipales

Conforme con el dispuesto al artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, al artículo 77.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, el Pleno del Ayuntamiento podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que contará con un componente fijo idéntico para todos los grupos, y un componente variable en función del número de miembros de cada grupo.

Esta dotación tendrá por finalidad sufragar el coste de las actividades sociales desarrolladas por los grupos, así como los estudios, informes y actuaciones necesarias en relación a los asuntos municipales, sin que se puedan dedicar al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijas de carácter patrimonial. Los grupos políticos tendrán que llevar una contabilidad específica de la dotación que se acuerde, que pondrán a disposición del Pleno siempre que este lo pida.

Teniendo en cuenta la constitución de los grupos políticos municipales efectuada como resultas de las últimas elecciones municipales, y en base a la anterior normativa relacionada, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes:

ACUERDOS

1.º Fijar una dotación económica mensual a los grupos políticos que se constituyen en esta nueva Corporación municipal, que constará de los siguientes componentes:

- Un componente fijo, idéntico para todos los grupos, consistente en la cuantía de 364 € / grupo / mensual.

- Un componente variable, en función del número de miembros de cada grupo, consistente en la cuantía de 104 € / regidor / mensual.

2.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Tablón de anuncios de la corporación en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985.

Manacor, 24 de junio de 2015

El alcalde,

Miquel Oliver Gomila”

(...)

Finalizadas las intervenciones, se somete a votación y la propuesta se aprueba por unanimidad”.

 

Manacor, 10 de julio de 2015

El alcalde,

Miquel Oliver Gomila