Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO
Núm. 12043
Acuerdo de determinación de la composición y la periodicidad de la Comisión de Gobierno
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 17 de julio de 2015, acordó:
«En el artículo 18 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB núm. 102, de 15 de agosto) y modificado por varios acuerdos posteriores, se establece que en el Consejo de Mallorca debe haber, entre otros órganos, la Comisión de Gobierno.
En el artículo 25 se dice que la composición de este órgano tiene que ser representativa del Pleno.
Por eso, propongo al Pleno que adopte el acuerdo siguiente:
1. Determinar que la Presidencia y 10 consejeros y consejeras integran la Comisión de Gobierno de la manera siguiente: 3 consejeros del grupo de consejeros del Partido Popular, 2 consejeros del grupo de consejeros del Grupo Socialista en el Consejo de Mallorca, 2 consejeros del grupo de consejeros Podemos Mallorca, 1 consejeros del grupo de consejeros de Més per Mallorca, 1 consejeros del grupo de consejeros del Pi-Proposta per las Illes y 1 consejeros del grupo de consejeros Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía. Los miembros titulares y los suplentes, los debe nombrar el presidente a propuesta de los grupos políticos que integran la corporación.
2. Establecer que el régimen de las sesiones ordinarias sea mensual y que se lleven a cabo el segundo jueves de cada mes, a las 9.30 horas.
Así mismo, la Comisión de Gobierno correspondiente al mes de agosto se llevará a cabo el último jueves del mes de julio.
Si los días en que se establecen son inhábiles, la Comisión de Gobierno tiene lugar el primero habilidoso siguiente.
3. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.»
Palma, 21 de julio de 2015
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo