Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO
Núm. 12033
Acuerdo del Pleno por el cual se determinan y crean los lugares de trabajo que debe ocupar personal eventual, y determinación de las retribuciones que debe percibir
Acuerdo del Pleno por el cual se determinan y crean los lugares de trabajo que debe ocupar personal eventual, y determinación de las retribuciones que debe percibir
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 17 de julio de 2015, resolvió:
«En el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, se prevé, con relación al personal eventual, que el Pleno de la corporación, al principio del mandato, debe determinar el número, las características y las retribuciones de este tipo de personal.
Visto lo que se prevé en el artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por eso, propongo al Pleno que adopte el acuerdo siguiente:
1. Determinar los puestos de trabajo siguientes para cubrir con personal eventual e incorporarlos en la plantilla y en la relación de puestos de trabajo del Consejo Insular de Mallorca:
Número |
Denominación |
Características |
Retribuciones brutas anuales (14 pagas) |
1 |
Jefe de Comunicación |
Cargo de confianza |
42.000,00 |
3 |
Responsables de áreas de Comunicación |
Cargo de confianza |
40.000,00 |
1 |
Jefe de programas de Presidencia |
Cargo de confianza |
49.000,00 |
2 |
Jefe de programas de Vicepresidencia |
Cargo de confianza |
42.000,00 |
3 |
Asesor -a |
Cargo de confianza |
25.000,00 |
7 |
Secretario -aria Grupos Políticos |
Cargo de confianza |
27.621,13 |
14 |
Secretario -aria segundo -en Grupos Políticos |
Cargo de confianza |
22.852,19 |
2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Publicar este acuerdo en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca»
Palma, 21 de julio de 2015
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo