Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 11990
Creación de Secretarías Técnicas y Direcciones Insulares del Consell Insular d’Eivissa
El Pleno del Consell Insular d’Eivissa, en la sesión extraordinaria de fecha 16 de julio de 2015, ha aprobado la siguiente propuesta:
“La Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, determina las reglas fundamentales del régimen jurídico, organización y funcionamiento de los consejos insulares y establece la potestad de autoorganización de estas instituciones, disponiendo que los diferentes departamentos que integran el Consejo Ejecutivo podrán estructurarse en Direcciones Insulares y Secretarías Técnicas.
El artículo 13 de la Ley referida regula la composición de los departamentos, delimitando claramente la figura de los secretarios técnicos y los configura como órganos directivos para la gestión de los servicios comunes del departamento, y dispone que tanto estos como los directores insulares serán “libremente designados por el Presidente atendiendo a criterios de competencia y experiencia profesional.
Esta potestad del Presidente se desarrolla en el Reglamento Orgánico del Consell Insular, aprobado definitivamente por el Pleno en fecha 20 de febrero de 2004, concretamente en el artículo 72.g, que establece la iniciativa de la propuesta de la organización interna del departamento en los consejeros ejecutivos, y establece que estos habrán de “proponer la organización interna del Departamento, así como el nombramiento o cese, si es procedente, de las personas que hayan de ocupar u ocupen el cargo de Director Insular y Secretario/a Técnico/a”.
Vistos los decretos núm. 2015000285, de fecha 6 de julio de 2015, y 2015000287, de fecha 8 de julio de 2015, que disponen la estructura orgànica y la determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos de la Corporación.
De conformidad con las atribuciones que le confiere la normativa mencionada, esta Presidencia eleva al Pleno la siguiente:
PROPUESTA
PRIMERO.- Crear las siguientes secretarías técnicas:
- Secretaría Técnica de Economía y Hacienda, Industria y Comercio
- Secretaría Técnica de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad
- Secretaría Técnica de Trasnparencia, Buen Gobierno, TIC, Bienestar Social, Sanidad y Participación Ciudadana
- Secretaría Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Cada una de estas secretarías técnicas percibirá una retribución anual de 41.850 euros distribuídos en catorce pagas.
SEGUNDO.- Crear las siguientes direcciones insulares:
- Dirección Insular de Juventud y Deportes
- Dirección Insular de Transparencia, Participación y Buen Gobierno.
- Dirección Insular de Igualdad y Relaciones con las Entidades Sociales
- Dirección Insular de Agricultura, Medio Rural y Marino
- Dirección Insular de Turismo
- Dirección Insular de Territorio y Movilidad
- Dirección Insular de Economía y Hacienda, Industria y Comercio
Cada una de estas direcciones insulares percibirá una retribución anual de 41.850 euros distribuída en catorce pagas.
Las personas que ocupen los cargos establecidos en los apartados precedentes, les corresponden las competencias establecidas en los artículos 74 (para los directores insulares) y 75 (para los secretarios técnicos) del Reglamento Orgánico del Consell Insular (BOIB núm. 136 de 18/09/2010, correccíon en BOIB núm. 148 de 14/10/2010).
En todo caso las personas que sean nombradas secretarios/as técnicos/as o directores/as insulares que tengan la consideración de funcionarios/as del Consell Insular d’Eivissa, conservarán su retribución bruta anual en el momento en que sean nombradas en caso que esta fuese de un importe superior a lo establecido en este apartado.
TERCERO.- Aprobar las correspondientes modificaciones presupuestarias necesarias para hacer efectiva esta propuesta.
CUARTO.- Publicar el presente acuerdo, que producirá efectos desde el día de su adopción, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para general conocimiento.”
Eivissa, 20 de julio de 2015
La Secretaria Gral. Acctal.
Maria Torres Bonet