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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 11981
Delegación atribuciones en la junta de gobierno local

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Texto

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, y en concreto en lo dispuesto en el artículo 21.3 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local y 43 y 44 del ROF, y artículo 20 y 23 de la Ley municipal y régimen local de las Islas Baleares 20/2006, por razones de índole técnico, económico y eficacia administrativa, he resuelto:

DELEGAR en la Junta de Gobierno Local, cuantas atribuciones sean delegables en las siguientes áreas en las que se divide este Ayuntamiento y que a continuación se relacionan:

  • CULTURA, FIESTAS y FERIAS
  • URBANISMO, ORDENCACION DEL TERRITORIO, ENTORNO URBANO, MEDIO AMBIENTE y MEDIO RURAL
  • JUVENTUD y POLITICA ACTIVA DE OCUPACIÓN
  • CONVIVENCIA CIUDADANA y POLICIA
  • ECONOMIA y HACIENDA, CONTRATACIÓN, RECURSOS HUMANOS y FUNCION PUBLICA
  • TURISMO y ATENCIONES A LOS CIUDADANOS EN LAS URBANIZACIONES
  • ATENCIÓN SOCIAL, TERCERA EDAD, RESIDENCIA, COMERCIO y MERCADOS
  • EDUACIÓN y ESCOLETAS
  • INNOVACIÓN, COMUNICACIÓN, AREA DE ATENCIÓN CIUDADANA EN S’ARENAL, MOVILIDAD y TRANSPORTES
  • DEPORTES, PARTICIPACIÓN CIUDADANA y COOPERACIÓN
  • BRIGADA MUNICIPAL y CEMENTERIO

siendo su ámbito de delegación el siguiente:

- Actos administrativos y resoluciones que, incidan directa o indirectamente en el fondo de los asuntos y determinen la imposibilidad de continuar los procedimientos, puedan producir indefensión o, perjuicios irreparables a derechos e interese legítimos.

- En el supuesto de que de los expedientes objeto de delegación, se aprecie la necesidad de resolver con urgéncia, a los fines de no posponer la resolución que proceda, esta se llevará a cabo por el Concejal del área afectada, y que cuenta con la oportuna delegación para impulsar los actos de trámite, debiendo dar cuenta a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que se celebre.

- La delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

- Los concejales delegados de los actos de trámite de las distintas áreas anteriormente enumeradas, elevarán a esta Junta de Gobierno propuestas de acuerdo que, se someterán a este órgano la decisión del fondo de los asuntos incoados al efecto, a los fines se adopten los acuerdos definitivos que procedan, correspondiendo su ejecución a los referidos concejales delegados.

     

Llucmajor, 16 de julio de 2015

El Batle,
Jaume Tomàs Oliver

Davant meu, el Secretari,
Rafael Martínez Barrios