Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 11959
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bunyola de la sesión extraordinaria organizativa de 2 de julio de 2015, relativo a la dedicación exclusiva del Sr. Alcalde de la Corporación
El señor Pasqual lee la propuesta, que literalmente dice:
“Dado el aumento progresivo de la actividad municipal y con el objeto de conseguir una mayor eficacia en la gestión pública municipal, se considera que el cargo de Alcalde debe ejercerse con dedicación exclusiva.
Visto el artículo 75 de la LRBRL, en relación al artículo 74.2 y 74.3 de la LMRLIB, así como el artículo 13 del ROF.
Se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar que el Alcalde (Sr. Andreu Bujosa Bestard) realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva con efectos a partir del próximo 3 de julio de 2015.
Segundo.- Establecer a favor del miembro de la Corporación que ejerza los su cargo en régimen de dedicación exclusiva, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
Tercero.- Aprobar el régimen de dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones, de acuerdo con lo establecido en el art. 74.3 LMRLIB, y que será:
Cuarto.- Que se publique el presente acuerdo de forma íntegra en el BOIB, a los efectos de sus conocimiento, dada su trascendencia. "
Después de haberse debatido la propuesta esta es aprobada
Bunyola, 15 de julio de 2015
EL ALCALDE
Andreu Bujosa Bestard