Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 11956
Remuneraciones Corporación
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 14 de julio de 2.015, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
“EXP. 13/2015, DE 2 DE JULIO, INSTRUÍDO A RAÍZ DE APROBACIÓN DE LAS REMUNERACIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN
Primero.- Establecer que los miembros de la Corporación que a continuación se relacionan, ejercerán sus cargos en el régimen de dedicación que se detalla, es decir, con dedicación total o parcial, en las tareas propias de sus cargos:
Sr. Jaume Servera Servera Régimen de dedicación: Exclusiva
(con efectos al día 26 de junio de 2.015)
Segundo.- Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desarrollen sus funciones en régimen de dedicación exclusiva las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darlos de alta en el Régimen General de la Seguridad Social:
NOMBRE Y CARGO RETRIBUCIONES ANUALES ÍNTEGRAS
Sr. Jaume Servera Servera
ALCALDE PRESIDENTE 47.000 €
La percepción de estas retribuciones será incompatible con el ejercicio de todo tipo de actividades retribuidas y con cualquiera otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes. También será incompatible con las indemnizaciones que se establecen en el apartado tercero siguiente.
Tercero.- Establecer, a partir de la fecha de constitución de este Ayuntamiento -13 de junio de 2.015-, a favor de los miembros de la Corporación, el régimen de indemnizaciones siguientes:
a) Por la asistencia a las sesiones del Pleno: 100 euros/sesión.
b) Por la asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno Local: 100 euros/sesión.
c) Por la asistencia a las sesiones de las Comisiones Informativas: 100 euros/sesión.
d) Por la asistencia a las sesiones de la Junta de Portavoces: 100 euros/sesión.
e) Por asistencia a los Consejos de Administración y Consorcio: 100 euros/sesión.
f) Asistencia de concejales de área: Los miembros que formen parte del pacto de gobierno percibirán 50 euros por jornada completa (más de tres horas) y 25 euros por media jornada (hasta tres horas); los miembros restantes percibirán 30 euros por jornada completa (más de tres horas) y 15 euros por media jornada (hasta tres horas).
La cuantía máxima que podrán percibir los miembros del pacto de gobierno, en concepto de asistencia a sesiones, será de 1.200 euros/mes. Y los miembros restantes no podrán sobrepasar un máximo de 750 euros/mes.
Cuarto- Establecer, con efectos al día 13 de junio de 2.015, fecha de constitución de este Ayuntamiento, a favor de los diferentes Grupos Políticos Municipales, una indemnización mensual para gastos realizados en el ejercicio de sus funciones, en las cuantías siguientes:
a) Variable: 60 euros mensuales para cada regidor electo.
b) Fijo: 100 euros mensuales para cada grupo municipal.
Quinto.- Notificar estos acuerdos a los Portavoces de los diferentes grupos políticos municipales y a todos los regidores, haciendo constar a aquellos que han sido designados para desarrollar su cargo en régimen de dedicación exclusiva, que se entenderá aceptado este régimen por el afectado de no manifestar nada al respecto en el plazo de las 24 horas siguientes a su notificación.
Sexto- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Sóller, 16 de julio de 2.015
El Alcalde,
Jaume Servera Servera