Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 11947
Aprobación de la nueva organización municipal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por la presente se anuncia, para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 44.2 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 22 de junio de 2015, de aprobación de la nueva organización municipal, han sido efectuadas las siguientes delegaciones:

1. D. MARIANO JUAN COLOMAR, concejal delegado del Área I, Administración Local, Subárea de Servicios Generales, delegando a su favor las facultades de dirección y gestión de los servicios relacionados con las siguientes competencias:

-       Comunicaciones urbanísticas y en materia de actividades.

-       Licencias de obras que no requieran presentación de proyecto.

-       Autorizaciones actividades no permanentes.

-       Certificaciones de Calificación Urbanística

-       Licencias de aparatos musicales y audiovisuales en los establecimientos.

-       Incoación de procedimientos y adopción de medidas cautelares en relación a los procedimientos sancionadores por infracciones contra la normativa urbanística y de actividades.

-       Incoación y resolución de procedimientos sancionadores por incumplimiento de Ordenanzas Municipales.

-       Órdenes de ejecución de obras, usos y actividades que suponen infracción del ordenamiento jurídico urbanístico (disciplina urbanística) o de la normativa reguladora de la apertura y funcionamiento de establecimientos y actividades.

-       Incoación de procedimientos de responsabilidad patrimonial y su resolución siempre que la cuantía reclamada no supere los 1.500 euros.

-       Dirección, gestión y ejecución de proyectos de obras y servicios municipales ordinarios.

-       Abastecimiento de agua potable y evacuación y tratamiento de aguas residuales.

-       Alumbrado público

-       Telecomunicaciones

-       Conservación y rehabilitación de los equipamientos municipales

-       Cementerios

-       Vivienda. Promoción, Gestión social y Ayudas. 

-       Ordenar la publicación y ejecución de los acuerdos adoptados en el ámbito de su competencia.

-       Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores

La delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución, en su caso, así como la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

2. Dña. ANTONIA PICÓ PÉREZ, concejala delegada del Área I, Sub-Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad y Participación delegando a su favor las facultades de dirección y gestión de los servicios relacionados con las competencias anteriormente citadas, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con las mismas.

En particular, la delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución en relación a:

-       Medio Ambiente y sostenibilidad

-       Parques y jardines públicos.

-        Servicios municipales de recogida residuos, y limpieza viaria.

-        Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas

-       Sanidad y Salud pública

-       Tenencia de Animales

-       Taxis

-       Protección Civil

-       Protección de incendios

-       Litoral y Playas

-       Gestión de la ocupación del dominio público litoral

-       Agenda Local 21

-       Plan de Calidad

-       Participación ciudadana

3. Dña. MARIA DEL CARMEN FERRER TORRES, delegada del Área II, Convivencia ciudadana y Promoción del municipio, delegando a su favor la facultad de dirección, gestión y coordinación de las competencias asignadas al Área de incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con las materias de su competencia.

En particular, la delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución en relación a:

-       Seguridad ciudadana

-       Dirección y gestión de los asuntos relacionados con la Policía Local, incluida la Jefatura de su personal.

-       Movilidad

-       Ocupación de vía pública: Permisos y autorizaciones relacionados con los usos, ocupación y actividades lúdicas a realizar en la vía pública y demás concesiones sobre dominio público. Publicidad dinámica.

-       Servicios de Imagen urbana.

-       Venta ambulante y mercados ocasionales y periódicos

-       Empleo  y desarrollo local

-       Promoción turística del municipio

-       Palacio de Congresos

-       Comercio

-       Promoción económica

-       Nuevas tecnologías

4. D. PEDRO JUAN MARÍ NOGUERA, concejal delegado del Área III, Transparencia, Economía, Hacienda, y Organización municipal,  delegando a su favor las facultades de dirección y gestión de los servicios relacionados con las competencias asignadas al Área, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con las materias de su competencia.

La delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución en relación a:

-       Transparencia

-       Presupuestos y contabilidad

-       Intervención, Tesorería y Recaudación

-       Gestión Tributaria y catastral

-       Patrimonio Municipal

-       Organización municipal: Coordinación general de los servicios municipales. Régimen interior. Recursos Humanos

-       Plan de Modernización municipal

-       Dirección y gestión de los servicios de Información y atención ciudadana.

-       Estadística y Padrón de Habitantes

-       Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores

- Asimismo, en materia de Contratación se delega la facultad de conocimiento previo, preparación de los acuerdos, impulso administrativo, dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de contratación incluyendo, para ello, la facultad de dictar instrucciones, circulares y órdenes de servicio.

5. ANA Mª COSTA GUASCH, concejala delegada del ÁREA IV: Acción Social y Patrimonio Histórico y Cultural (Bienestar Social, Educación, Cultura, Juventud, Fiestas Deportes y Formación), delegando a su favor las facultades de dirección y gestión de los servicios relacionados con las competencias anteriormente citadas, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con las mismas.

En particular la delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución, en su caso, en relación a:

-       Protección y promoción del Patrimonio Histórico-artístico y cultural

-       Promoción de la Cultura

-       Fiestas Patronales

-       Dirección y gestión del Archivo municipal

-       Bibliotecas municipales

-       Equipamientos culturales

-       Normalización lingüística

-       Escuela de Música

-       Escuela de Verano

-        Acción social

-       Cooperación y Solidaridad

-       Tercera Edad

-       Plan Integral de Juventud

-       Participación y asociacionismo juvenil

-       Formación

-       Educación. Conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil y de educación primaria

-       Consejo Escolar Municipal

-       Ordenar la publicación y ejecución de los acuerdos adoptados en el ámbito de su competencia.

-       Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores

6. MARIA CATALINA BONET ROIG, Concejala delegada en las Áreas II y IV, delegando a su favor, bajo la dirección del Concejal delegado general del Área III, las facultades de conocimiento previo, preparación de los acuerdos, dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de RECURSOS HUMANOS y prevención de riesgos laborales incluyendo, para ello, la facultad de dictar instrucciones, circulares y órdenes de servicio, reconocimiento de recompensas y distinciones.

2. Bajo la dirección de la concejala delegada del Área IV, delegar a su favor las facultades de apoyo en la coordinación, gestión y representación en los y servicios relacionados con las competencias de dicha Área que estime la titular de la misma.

3. Asimismo delegar a su favor las facultades de conocimiento previo, preparación de los acuerdos, dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de colaboración con los concejales de parroquia sobre todo en caminos y zonas rurales, en asuntos de territorio, coordinación en la celebración de actos y de atención al ciudadano, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con el ámbito de su competencia. En particular:

            - Gestión de necesidades en caminos y zonas rurales.

            - Apoyo e impulso en actos organizados por los concejales de parroquias.

            - Gestión y coordinación en atención al público en parroquias y zonas rurales.

La delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones específicas que, en su caso, se puedan otorgar.

7. SALVADOR LOSA MARÍ, concejal delegado del Área 4, subárea Deportes, delegando a su favor las facultades de conocimiento previo, preparación de los acuerdos, dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de Deportes, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con el ámbito de su competencia. En particular:

La delegación incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la firma de los actos de trámite y resolución, en su caso, en relación a:

-       Instalaciones deportivas municipales

-       Escuelas Deportivas municipales

-       Eventos Deportivos

-       Promoción del deporte

-       Asociacionismo, clubes y federaciones deportivas

-       Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores

8. FRANCISCO TUR CAMACHO, concejal delegado del Área IV, en las competencias relacionadas con Juventud y fiestas,  delegando a su favor las facultades de conocimiento previo, preparación de los acuerdos, dirección interna y gestión de los servicios y asuntos relacionados con la competencia anteriormente citada, incluida la representación del Ayuntamiento en actos relacionados con el ámbito de su competencia. En particular:

-       Servicios para la juventud

-       Actividades juveniles.

-       Fiestas y relación con las comisiones y asociaciones de fiestas.

La delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones específicas que, en su caso, se puedan otorgar.

9. DELEGACIONES ESPECIALES: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.5.c) del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, efectuar las siguientes delegaciones especiales cuyo objeto está constituido por las facultades de conocimiento previo, preparación y propuesta de acuerdos, dirección interna y gestión de cuantos servicios y asuntos estén relacionados con cada una de las parroquias del municipio, circunscribiendo las competencias delegadas al ámbito territorial asignado, incluyendo la disposición y ordenación de los gastos que sean precisos como consecuencia del ejercicio de las facultades de gestión ordinaria que tienen delegadas hasta el límite de 3.000€. Asimismo, ostentarán la representación del Ayuntamiento en sus respectivas parroquias.

-       Concejal delegado en la parroquia de Santa Gertrudis: D. Antonio Riera Roselló

-       Concejales delegados en la parroquia de San Carlos: D. Salvador Losa Marí y Dña. Antonia Picó Pérez y Maria del Carmen Ferrer Torres.

-       Concejal delegado en la parroquia de Puig den Valls: D. Antonio Marí Marí.

-       Concejales delegados en la parroquia de Nuestra Señora de Jesús: Dña. María Catalina Bonet Roig y D. Juan Roig Riera

-       Concejales delegados en la parroquia de Santa Eulària: Dña. Ana María Costa Guasch, D. Mariano Juan Colomar y D. Francisco Tur Camacho

El ejercicio de las facultades delegadas se desempeñará de forma coordinada con los concejales delegados de las distintas áreas de actuación municipal debiendo, para ello, comunicar previamente a los mismos las actuaciones y decisiones a adoptar, especialmente en materia de disposición y ordenación de gastos ordinarios.

10. Delegar de forma indistinta en todos los concejales de este Ayuntamiento las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 35/1994 de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este municipio.

Las facultades delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de la delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

En el texto de las resoluciones adoptadas por los Concejales en virtud de la presente delegación, se hará constar esta circunstancia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo art. 116 ROF y artículo 14 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

 

En Santa Eulària des Riu a 02 de julio de 2015

 

El Alcalde

Vicente A. Marí Torres