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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11655
Juicio verbal 513/2010 sobre juicio verbal

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Texto

Doña Rosa Luisa Galiano López, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Palma de Mallorca, hago saber que en el procedimiento de referencia Juicio Verbal 512/2010 se ha acordado notificar a la parte demandada Jacinto Nsue Osa Nsue, extracto de la sentencia de fecha 12/05/2011 cuyo texto literal es el siguiente:

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, condenando a la parte demandada, D. Jacinto Nsue Osa Nsue, en situación de rebeldía procesal a abonar a la actora la cantidad de 902,53 euros. Dicha cantidad devengará un interés equivalente al legal del dinero desde el momento de la interposición de la demanda y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 576 de la LEC con imposición de costas causadas la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Indíquese que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse, en su caso, ante este Juzgado dentro del plazo de 5 días desde la notificación de esta resolución. Dicho recurso precisará de la constitución de un depósito a tal efecto de 50 euros. La admisión del recurso precisará que al anunciarse o prepararse el mismo se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la “cuenta de depósitos y consignaciones el juzgado”, la cantidad objeto de depósito, lo que deberá ser acreditado. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido. Si el recurrente hubiera incurrido en defecto, omisión o error en la constitución del depósito, se concederá a la parte el plazo de dos días para la subsanación del defecto, con aportación en su caso de documentación acreditativa. De no efectuarlo se dictará auto que ponga fin al trámite del recurso, quedado firma la resolución impugnada (modificación introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial disposición decimoquinta”, BOE 4 de noviembre de 2009)

Llévese el original al libro de sentencias.

Firmado, la Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Palma de Mallorca, Gemma Robles Morato.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Jacinto Nsue Osa Nsue, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Palma de Mallorca, a 14 de mayo de 2015.

EL SECRETARIO JUDICIAL.