Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 11767
Corrección de errores del decreto de designación de tenientes de alcalde - Mandato 2015-2019
La alcaldía presidencia en fecha 10 de julio de 2015 ha dictado el siguiente decreto:
“DECRETO
Antecedentes
Esta alcaldía, por decreto de 15 de junio de 2015, designó los tenientes de alcalde de este Ayuntamiento,
Dado que se ha observado un error en el segundo apartado de la resolución, cuando a establecer el orden de las atribuciones y competencias en el caso de ausencia, vacante o enfermedad de esta alcaldía.
Fundamentos de derecho
En conformidad con el que disponen los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, y con el artículo 4 del Reglamento Orgánico Municipal, la designación de tenientes de alcalde es competencia de esta alcaldía, quién tendrá que proceder a su nombramiento, mediante Decreto, de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local; y con los artículos 22 y 25 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears,
RESUELVO:
1.º Corregir el error observado en el decreto de esta alcaldía de nombramiento de los tenientes de alcalde en su segundo apartado, relativo a establecer las atribuciones y competencias de la alcaldía en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, en el sentido que:
Donde dice:
“Establecer que en caso de ausencia, vacante o enfermedad de esta alcaldía, las atribuciones y competencias que me reconoce la legislación vigente serán desarrolladas por los tenientes de alcalde por la orden de su nombramiento”. en conformidad con la orden siguiente:
Debe decir:
“Establecer que en caso de ausencia, vacante o enfermedad de esta alcaldía, las atribuciones y competencias que me reconoce la legislación vigente serán desarrolladas por los tenientes de alcalde, por la orden de su nombramiento”.
2.º Comunicar este Decreto a los Tenientes de alcalde.
3.º Dar cuenta de esta resolución a la primera sesión plenaria que se convoque.
4.º Publicar, en conformidad con el artículo 46.1 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad desde el día de esta resolución”.
Manacor, 13 de julio de 2015
El alcalde,
Miquel Oliver Gomila