Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 11619
Moción de Alcaldía para la asignación de retribucions e indemnizaciones a los miembros de la Corporación
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 51.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica en el BOIB el siguiente acuerdo, adoptado por la Corporación Plenaria en sesión extraordinaria de día 18 junio actual:
MOCIÓN DE LA ALCALDÍA PARA LA ASIGNACIÓN DE RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES A LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
El artículo 75 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece el régimen de las retribuciones e indemnizaciones a percibir por los miembros de las Corporaciones locales, que serán consignadas en los presupuestos de la Corporación dentro de los límites generales que en su caso se establezcan, y que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Renovada la Corporación municipal, procede que el Pleno corporativo, en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo, apruebe la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva o parcial, así como las indemnizaciones por asistencia a sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de aquellos de sus miembros que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial.
Es por ello que esta Alcaldía, en uso de las facultades que le atribuye el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, propone al Pleno municipal acuerde:
Primero.- Los miembros de este Ajuntament de Calvià que a continuación se relacionan ejercerán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva, percibiendo las retribuciones brutas que asimismo se detallan:
1. Alcalde-Presidente D. Alfonso Rodríguez Badal: 64.848’84 €, distribuidos en 10 pagas mensuales de 4.632’06 euros y 2 pagas mensuales de 9.264’12 euros en los meses de junio y diciembre.
2. Tenientes de Alcalde Sr. Andrés Serra Martínez, Sr. Antonio García Moles, Sra. Natividad Francés Garate, Sra. María del Carmen Iglesias Manjón, Sra. Eva Serra Félix y Sr. Juan Cuadros Martínez: 52.576,28 euros distribuidos en 10 pagas mensuales de 3.755,44 euros y 2 pagas mensuales de 7.510,88 euros en los meses de junio y diciembre.
3. Concejales D. Alfonso Molina Jiménez, Dª María Teresa Albertí Casellas, Dª Francisca Muñoz Alcaráz, D. Fernando Alcaraz Omiste y D. Israel Molina Sarrió: 44.289,80 euros distribuidos en 10 pagas mensuales de 3.163,55 euros y 2 pagas mensuales de 6.327,10 euros en los meses de junio y diciembre.
Los anteriores miembros de esta Corporación serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Segundo.- El Portavoz del Grupo Municipal Partido Popular y jefe de la oposición D. José Manuel Ruiz Rivero, percibirá una indemnización anual bruta por asistencia efectiva a las sesiones plenarias, comisiones informativas permanentes y/o especiales u otros órganos de gobierno y administración municipal por importe de 31.336,32 euros distribuida en doce pagas mensuales de 2.611,36 euros.
Tercero.- Los Portavoces de los Grupos Municipales: Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía, D. Carlos Tarancón Nieto y Esquerra Oberta Calvià, Sr. Rafel Sedano Porcel, percibirán una indemnización anual bruta por asistencia efectiva a las sesiones plenarias, comisiones informativas permanentes y/o especiales u otros órganos de gobierno y administración municipal por importe de 22.000 euros distribuida en doce pagas mensuales de 1.833’33 euros.
Cuarto.- Los Concejales Dª Raquel Sánchez Collados, Dª Mª Cristina Tugores Carbonell, D. Bartolomé Bonafé Ramis, D. Enrique Ortega Aguera, D. Daniel David Perpiñá Torres, Dª Rosa María García Perelló, D. Juan Feliu Román, D. Antonio Alarcón Alarcón, D. Alfonso Rodríguez Sánchez, y D. José Ignació Gonzalez de la Madrid Rodríguez percibirán, cada uno de ellos, una indemnización anual bruta de 18.096,91 euros distribuida en doce pagas mensuales de 1.508,07 euros, por razón de su asistencia efectiva a las sesiones plenarias, comisiones informativas permanentes y/o especiales u otros órganos de gobierno y administración municipal.
Quinto.- La efectiva percepción de las indemnizaciones por asistencias a que se refieren los puntos segundo, tercero y cuarto quedará condicionada a la concurrencia efectiva de los Concejales a alguna sesión del Pleno municipal, de la Comisión Informativa de Asuntos Generales, de la de Cuentas, o a la de alguna Comisión Especial u órgano de gobierno del Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas de Calvià, del IFOC, del ICE o cualquier otra que pueda crearse, durante el trimestre natural a que se refiere la indemnización mensual.
Sexto.- Los acuerdos anteriores tendrán efectividad desde la fecha de toma de posesión de sus cargos por parte de la nueva Corporación constituida el 13 de junio de 2015, previa aceptación expresa por parte de las personas designadas con dedicación exclusiva.
Séptimo.- Las cuantías anteriormente mencionadas se abonarán con cargo a la partida 91200-1000000 del presupuesto de 2015, y serán actualizadas, en su caso, con ocasión de la aprobación de los presupuestos municipales.
Octavo.- Publicar los anteriores acuerdos en el BOIB y tablón municipal de anuncios.
Calvià a 19 de junio de 2015
EL ALCALDE
Alfonso Rodríguez Badal “