Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11605
Departamento de Personal. Aprobación plantilla personal eventual
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 24 de junio de 2015, se aprobó lo siguiente:
“PRIMERO.- Aprobar la plantilla y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual de esta Corporación que se relacionan a continuación:
LUGAR DE TRABAJO |
RETRIBUCIONES |
---|---|
4 ASESOR / A DE DISTRITO |
25.939,85 €/ anuales |
ASESOR / A DE SEGURIDAD CIUDADANA |
25.939,85 €/ anuales |
COORDINADOR / A GRUPO MUNICIPAL PP |
25.939,85 €/ anuales |
2 SECRETARIO / A GRUPO MUNICIPAL PP |
21.705,46 €/ anuales |
COORDINADOR / A GRUPO MUNICIPAL PSIB |
25.939,85 /€ anuales |
2 SECRETARIO / A GRUPO MUNICIPAL PSIB-PSOE |
21.705,46 /€ anuales |
2 COORDINADOR / A SECRETARIO / A GRUPO MUNICIPAL MES POR PALMA |
23.822,65 / € anuales |
COORDINADOR / A GRUPO MUNICIPAL SOM PALMA |
25.939,85 /€ anuales |
2 SECRETARIO / A GRUPO MUNICIPAL SOM PALMA |
21.705,46 /€ anuales |
COORDINADOR / A GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS |
25.939,85 /€ anuales |
SECRETARIO / A GRUPO MUNICIPAL CIUDADANOS |
21.705,46 /€ anuales |
SEGUNDO.- La jornada laboral de todo el personal eventual será de 40 horas semanales.
TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/85, de 2 de abril de las Bases de Régimen Local, en la intranet municipal y dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre”.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 10 de julio de 2015.
El Coordinador del Registro de Personal e Informática.
Joan Miquel Escales Vidal.