Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 11547
Decreto de nombramiento de Tenientes de Alcalde y de delegación de funciones

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

DECRETO DE ALCALDÍA

En uso de las atribuciones conferidas a la Alcaldía por el artículo. 21.2 de la Ley 7/85, por el presente RESUELVO:

PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los/las siguientes Regidores/as:

Primer Teniente de Alcalde: Sr. Tomeu Llorenç Salva Vidal

Segundo Teniente de Alcalde: Sra. Ana Maria Peralta Martínez

Tercer Teniente de Alcalde: Sr. Bernat Bonet Salom

A los tenientes de Alcalde, como tal, les corresponderá substituir al Alcalde, en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite por el ejercicio de les sus atribuciones.

SEGUNDO- Conferir las siguientes delegaciones de Alcaldía a favor de los miembros de la Corporación que se indiquen:  

Al primer teniente de alcalde, D. Tomeu Llorenç Salva Vidal, se delegan las siguientes atribuciones:

–  Policía: Coordinación y mando de la Policía Local, en todos los niveles       (administrativo, económico, etc.) dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.

-  Personal: Coordinación de todo el personal, así como las relaciones empresa/personal laboral y empresa/personal funcionario, incluido propuestas y negociaciones, que posteriormente serían elevadas a Alcaldía o a Pleno, convocatoria de meses de negociación, y todas las actuaciones relacionadas con el personal, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.

-  Brigada, mantenimiento y alumbrado público (todo aquello relativo al mantenimiento de la vía pública, mobiliario urbano, parques y jardines, mantenimiento edificios Ayuntamiento y educativos, montajes provisionales municipales, gestión brigadas municipales,  señalización horizontal y vertical, así como cualquier otra relacionada con el sector).

A) Al segundo teniente de Alcalde, Sra. Ana María Peralta Martínez, se le delegan las siguientes atribuciones:

-  Medio ambiente: Puntos verdes, reciclajes, educación ambiental, tratamiento de residuos, plagas, energías renovables, ahorro energético, así como cualquier otra relacionada con el sector.

-  Juventud: potenciación del asociacionismo y participación juvenil, ayudas de jóvenes, organización de eventos relacionados con los jóvenes y relación con los organismos insulares y  autonómicos, así  como cualquier otra actuación relacionada con el sector.

B)  Al tercer teniente de Alcalde, Sr. Bernat Bonet Salom, se delegan las siguientes atribuciones:

-  Fiestas de Ses Salines (todo lo relativo a las fiestas de Ses Salines, como organización y programación, coordinación con entidades, empresas y administraciones ajenas al Ayuntamiento porque estas se lleven a cabo con eficacia y seguridad, contratación menor, promover expedientes de contratación de otro tipo, etc.)

-  Turismo (mantenimiento y conservación de playas, promoción turística, relación con las asociaciones del sector y con los organismos insulares y autonómicos del sector, creación de rutas turísticas, publicidad y propaganda turística, potenciación de la calidad del turismo, cursos de formación, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Ocio y tiempo libre: Organización grupo excursionista “Ja arribam”, Escuelas de Verano, actividades de verano, y otros temas relacionados con ocio y tiempo libre.

C)  A la regidora, Sra. Antonia Garcias Urendez, se deleguen las siguientes atribuciones:

- Acción social y sanidad (tercera edad, asistencia social, atención primaria, trabajadores familiares, ayudas a familias necesitadas, relación con las distintas asociaciones y con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Inmigración (relación y ayuda a los colectivos inmigrantes, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

- Cementerio: Coordinación con la empresa concesionaria del cementerio, propuestas de modificación de ordenanzas, obras a realizar, y cualquier otra actuación relacionada con el cementerio o cualquier servicio fúnebre de competencia o interés municipal.

D)   A la regidora, Sra. Fina Tur, se delegan las siguientes actuaciones:

-   Participación ciudadana (todo lo relativo a participación ciudadana, coordinación de las asociaciones, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Hacienda :  Tasas, impuestos, presupuestos, …

-  Promoción económica (promoción económica para fomentar la creación de ocupación y el desarrollo del sector empresarial y industrial, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

E)  A la regidora, Sra. Sebastiana Gomila Amengual, se delegan las siguientes atribuciones:

- Educación y primera infancia (educación, bibliotecas, radio municipal, cursos, escuelas, guarderías municipales, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-   Fiestas de la Colonia (todo lo relativo a las fiestas de la Colonia, como organización y programación, coordinación con entidades, empresas y administraciones ajenas al Ayuntamiento porque estas se lleven a cabo con eficacia y seguridad, contratación menor, promover expedientes de contratación de otro tipo, etc.).

F)   Al regidor, Sr. Francisco Parrondo Alacid se deleguen las siguientes atribuciones:

-  Mercados (regulación de los mercados, relación con las distintas asociaciones y con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Deportes (fomentar el deporte, relación con los clubs deportivos, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Comercio: promoción del comercio, actividades, etc.

El Alcalde se reserva específicamente las siguientes áreas:

-  Cultura y patrimonio (exposiciones culturales y publicaciones, actas culturales, mantenimiento patrimonio historicoartístico, cursos, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).

-  Urbanismo: Concesión de licencias de otra, suspensión y penalización de obras, expedición de cédulas urbanísticas, penalización de obras, control de ruidos y molestias producidas por obras, reclamaciones y molestias de urbanismo, expedientes de infracción urbanística, subsanación de deficiencias en expedientes de licencias de obras, expedientes de certificación de final de obra, incoación y resolución de expedientes de ruina, etc. (siempre que no sean asumidas por la Junta de Gobierno o delegadas).

-  Protección Civil.

De estas y otras áreas no Delegadas por el Alcalde, podrán hacerse delegación en un futuro.

TERCERO.- Cada uno de los Regidores – delegados tendrá facultad para llevar a cabo tantas gestiones y trámites considere oportunos, ante quien corresponda, y dictar todos los actos administrativos precisos para llevar a cabo su cometido cuanto a las materias que expresamente se le hayan delegado, así como también la aprobación de pliegos de cláusulas administrativas particulares, convocatoria de licitaciones y adjudicaciones de las contrataciones de servicios y suministros relacionadas con su delegación la competencia de la cual esté atribuida a la Alcaldía, siempre que exista consignación presupuestaria suficiente para poder comprometer el gasto.

CUARTO.- Las restantes competencias atribuidas a la Alcaldía y que no hayan sido delegadas en virtud del presente decreto serán ejercidas directamente por la Alcaldía.

QUINTO.- La presente Resolución, de la cual de dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, surtirá efectos a partir del día siguiente al de su fecha y será publicada en el BOIB y notificada personalmente a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 del ROF.

 

Ses Salines, 18 de junio de 2015.

 

El Alcalde- Presidente,

Bernat Roig Galmés