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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 11496
Corrección de errores advertidos en el Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de fecha 6 de julio de 2015, de Estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa y creación de Departamentos

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Texto

Advertidos errores materiales en el texto que se envió a publicar en el Boletín Oficial de les Illes Balears del Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de fecha 6 de julio de 2015 (BOIB núm. 100 de 7 de julio de 2015), de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una vez enmendados los referidos errores se vuelve a publicar íntegramente el Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de fecha 6 de julio de 2015:

“DECRETO DE PRESIDENCIA

Estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa. Creación de Departamentos

El día 3 de julio de 2015 se constituyó el Consell Insular d’Eivissa y tomó posesión de su cargo su presidente, el cual se dispone a estructurar el gobierno de esta institución.

En el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears se determina que los consejos insulares establecen su organización de acuerdo con la Constitución y el propio estatuto.

De conformidad con el artículo 9.2.f de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, según el cual corresponde al presidente dictar los decretos que supongan la creación y/o extinción de departamentos del Consejo Ejecutivo. En concordancia con los artículos 16.4 y 68 y siguientes del Reglamento orgánico de esta institución (BOIB núm. 136, de 18/09/2010), los cuales configuran los departamentos como las unidades en que se organizará la actividad administrativa del Consell Insular.

Sobre la base de las consideraciones anteriores, esta Presidencia

DISPONE

PRIMERO.- El Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa estará integrado por el presidente, las vicepresidentas primera y segunda y los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas.

SEGUNDO.- La Administración del Consell Insular, bajo la superior dirección de la Presidencia se estructura en los departamentos con responsabilidad ejecutiva siguientes:

- Departamento de Turismo

- Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación

- Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales

- Departamento de Medio Ambiente, Vivienda y Medio Rural y Marino

- Departamento de Economía y Hacienda

- Departamento de Territorio y Movilidad

- Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones

- Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud

Departamento de Turismo.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de promoción y ordenación turística. Información turística; ordenación del sector turístico, ordenación de actividades en zonas turísticas, función inspectora y sancionadora en materia turística; coordinación de la política turística, promoción del turismo y relaciones interadministrativas en esta materia y creación de productos turísticos. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Transparencia, Participación, Buen Gobierno, TIC, Trabajo y Formación.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con los ámbitos de las organizaciones, asociaciones, comunidades de ciudadanos y resto de entidades participativas que se relacionen con esta institución, y también la Oficina de Atención al Ciudadano. Implementación de políticas de transparencia y buen gobierno. Este departamento también gestiona la actividad propia del Consell Insular en relación con la materia de trabajo, recursos informáticos, nuevas tecnologías y sociedad del conocimiento. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Interior, Comercio, Industria y Relaciones Institucionales.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con los servicios generales, régimen interior, recursos humanos, iniciar, tramitar y resolver los expedientes disciplinarios, respetando las competencias legalmente reservadas a la Presidencia, retribuciones del personal; servicios jurídicos, contratación; recursos patrimoniales de la corporación y expropiaciones. Así mismo gestionará las competencias propias de los Consells Insular en relación con las materias de industria, incluidos el fomento y promoción de la moda, inspección técnica de vehículos. Asimismo gestionará los centros adscritos, incluido el Centro de Exámenes de Conducir de Santa Gertrudis y la coordinación de las relaciones con FECOEV y las relaciones institucionales.

Departamento de Medio Ambiente, Vivienda y Medio Rural y Marino.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de agricultura, ganadería y pesca, recursos cinegéticos, montes y recursos y aprovechamientos hidráulicos y medio ambiente; vivienda; gestión de residuos y Parque Insular de Bomberos. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Economía y Hacienda.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con la materia de política financiera y presupuestaria, secciones de intervención y tesorería, especialmente las actuaciones relativas a la programación y gestión del ordenamiento económico y financiero de los recursos del Consell Insular d’Eivissa. Incluye todas las competencias en materia económica, de acuerdo con lo que recogen las bases de ejecución del Presupuesto, así como las siguientes:

a) La gestión, inspección, liquidación y recaudación de los ingresos públicos de la administración insular, excepto cuando se atribuyan a otro órgano.

b) La coordinación del proceso de preparación, ejecución y control de los presupuestos del Consell Insular d’Eivissa.

c) El reconocimiento de la obligación de los gastos de ordenación del pago de la entidad.

d) La subscripción de los documentos contables.

Departamento de Territorio y Movilidad.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de ordenación del territorio, incluido el litoral, urbanismo y cédulas de habitabilidad, control y disciplina urbanística y política del suelo; transporte terrestre, aéreo y marítimo; infraestructuras viarias, servicios técnicos del Consell Insular y cooperación local. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular, especialmente todo aquello relacionado con los terrenos del antiguo acuartelamiento de sa Coma que no sean competencia de otro órgano.

Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con entidades y asociaciones.- Comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de servicios y asistencia social, integración y desarrollo comunitario, tutela, acogimiento y adopción de menores, oficina de la mujer, salud mental, los títulos de familias numerosas y el resto de políticas de inserción social competencia del Consell Insular d’Eivissa, así como la relación y colaboración con las entidades y asociaciones de este ámbito. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Deportes y Juventud.- Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Así mismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

TERCERO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que establece este Decreto.

CUARTO.- Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

 

Eivissa, 8 de julio de 2015

 

La secretaria general acctal.

Maria Torres Bonet