Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 11471
Delegación de competencias del Ple del Ajuntament a favor de la Alcaldía y a favor de la Junta de Govern Local
Delegación de competencias del Ple del Ajuntament a favor de la Alcaldía y a favor de la Junta de Govern Local.
El Ple en sesión extraordinaria organizativa de fecha de 30 de junio de 2015, adoptó, en su seva parte bastante, el acuerdo que se transcribe a continuación:
"En base a las facultades de delegación de competencias atribuidas por el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local al Pleno de la Corporación, y con el objeto de agilizar la gestión de aquellos asuntos que constituyen la actividad ordinaria de la Administración municipal,
ACUERDO:
Primero.- Delegar a favor de la Alcaldía la siguiente atribución o competencia:
a) En materia de contratación:
La aprobación del inicio de los expedientes de contratación administrativa, artículo 93 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación a la Disposición Adicional Segunda de la misma Ley.
Segundo.- Delegar a favor de la Junta de Gobierno Local la siguiente atribución o competencia:
a) En materia de potestad sancionadora:
La imposición de las sanciones en caso de infracciones graves, apartados "a)" a "l)" del artículo 46.2 de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de Protección de animales que viven en el entorno humano. Artículo 52 de la Ley autonómica 1/1992, de 8 de abril.
b) En materia de potestad de bonificación del impuesto de construcciones, • instalaciones y obras (ICIO):
Primero.- La facultad de la declaración de patrimonio histórico cultural del Término Municipal de Son Servera y poder conceder las bonificaciones a las que se refiere el artículo 103.2) del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2 / 2004, de 5 de marzo, y del artículo 3 de la ordenanza fiscal sobre el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Segundo.- Determinar que el alcance de la delegación de la competencia comprende exclusivamente la declaración de patrimonio histórico cultural del Término Municipal de Son Servera, haciendo constar que por este concepto sólo podrán ser considerados como tales los elementos catalogados en el catálogo de patrimonio histórico , artístico, arquitectónico y paisajístico del Término Municipal de Son Servera. La determinación de otros bienes como patrimonio histórico cultural del Término de Son Servera no son objeto de la presente delegación.
Tercero.- Considerar que los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de la facultad delegación, se entenderán dictados por el órgano delegante. Tal delegación también comprende la facultad de resolución de los recursos de reposición que las personas interesadas puedan formular.
Tercero.- Este acuerdo plenario tendrá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB). "
Son Servera, 8 de julio de 2015
La batlessa presidenta
Natalia Troya Isern