Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 11335
Designación tenientes de alcalde - Mandato 2015-2019
La alcaldía presidencia en fecha 15 de junio de 2015 ha dictado el siguiente:
“DECRETO
Antecedentes
Esta alcaldía, por decreto de 15 de junio de 2015, ha resuelto designar los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento.
Fundamentos de derecho
En conformidad con el que disponen los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, y con el artículo 4 del Reglamento Orgánico Municipal, la designación de tenientes de alcalde es competencia de esta alcaldía, quién tendrá que proceder a su nombramiento, mediante Decreto, de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local; y con los artículos 22 y 25 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
RESUELVO:
1.º Nombrar tenientes de alcalde de este Ayuntamiento, con efectos del día de hoy, a los regidores miembros de la Junta de Gobierno Local que a continuación se relacionan, el primero de los cuales sustituirá a esta alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad:
2.º Establecer que en caso de ausencia, vacante o enfermedad de esta alcaldía, las atribuciones y competencias que me reconoce la legislación vigente serán desarrolladas por los tenientes de alcalde, en conformidad con la orden siguiente:
3.º Establecer, en los efectos indicados en el apartado anterior, cuando tenga que ausentarse esta alcaldía del término municipal, mediante Decreto, la duración de su ausencia, designando al teniente de alcalde que tenga que asumir sus competencias. De no conferirse esta delegación expresamente, esta alcaldía será sustituida por el primer teniente de alcalde, y, en su defecto, por cualquier de los otros tenientes de alcalde establecidos en segundo lugar que se encuentren presentes, los cuales tendrán que dar cuenta de esto al resto de la Corporación, sin que durante el mismo día pueda actuar como alcalde Accidental más de uno de ellos.
4.º Comunicar este Decreto al Teniente de alcalde afectado, haciendo constar que tendrá que mantener informada a esta alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como alcalde accidental, no pudiendo, durante el mencionado ejercicio, ni modificar las delegaciones efectuadas por esta alcaldía con anterioridad, ni otorgar otras nuevas.
5.º Dar cuenta de esta resolución a la primera sesión plenaria que se convoque.
6.º Publicar, en conformidad con el artículo 46.1 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad desde el día de esta resolución”
Manacor, 15 de junio de 2015
El alcalde
Miquel Oliver Gomila