Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 11328
Delegación Especial - Área de Medio Ambiente y Movilidad
La alcaldía presidencia en fecha 17 de junio de 2015 ha dictado la siguiente resolución:
“DELEGACIÓN ESPECIAL AL CONCEJAL D. CARLES J. GRIMALT GARCÍA
Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, de acuerdo con el dispuesto al artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (*LRBRL).
Razones de oportunidad y conveniencia en vez de una agilización y mejora del servicio, aconsejan delegar la dirección y gestión de determinados asuntos que a continuación se detallarán, en el marco establecido en el Decreto de Alcaldía núm. 1.724/2015, de 16 de junio, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor.
En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 y 23.4 de la LRBRL, y 43,44,120,121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (*ROFJEL),
RESUELVO:
1.º Delegar en el concejal D. Carles J. Grimalt García, la dirección y gestión de los asuntos incluidos en el área de MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD que a continuación se especifican:
- Promoción y protección del medio ambiente.
- Energías renovables y optimización de la energía.
- Edificios y escuelas rurales.
- Sanidad.
- Huertos urbanos.
- Agricultura.
- Movilidad y Transporte público.
2.º La delegación especial conferida se circunscribe al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
3.º El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión del servicios municipales señalados, y la persona delegada actuará bajo la dependencia y coordinación funcional del 3.º Teniente de Alcalde D. Sebastià Nadal Santandreu, Delegado del área de Medio ambiente y Movilidad.
4.º Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Concejal Delegado, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.
5.º El Concejal Delegado queda obligada a informar a esta Alcaldía y al Delegado de Área de la cual depende el estado de los asuntos que gestione, así como de los actos de trámite que correspondan a decisiones de trascendencia en los términos previstos al artículo 115 del ROFRJEL.
En el no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen a dichas normas”.
Manacor, 17 de junio de 2015
El alcalde
Miquel Oliver Gomila