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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 11325
Organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor

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Texto

Esta alcaldía presidencia por decreto de 16 de junio de 2015, corrección de errores materiales por decreto de 24 de junio de 2015, en uso las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, así como el artículo 41.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, he resuelto estructurar les áreas administrativas de gestión de la siguiente manera:

“1. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL

Los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor, bajo la dirección del alcalde, se estructuran en las áreas de gestión siguientes:

1. Área de Interior.

2. Área de Economía y Promoción.

3. Área de Urbanismo y Obras.

4. Área de Medio Ambiente y Movilidad.

5. Área de Ciudadanía.

La titularidad de las áreas antes descritas corresponde al Alcalde ya los tenientes de alcalde que ejerzan las competencias que se les atribuyan mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación genérica.

Asimismo, podrán ser objeto de delegaciones específicas en los concejales que no formen parte de la Junta de Gobierno Local la atribución de la responsabilidad en la dirección y gestión de los servicios que se determinen mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación especial.

2. ATRIBUCIONES Y RÉGIMEN DE ADSCRIPCIÓN DE DEPARTAMENTOS, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y EMPRESAS.

1. Área de Interior.

1.1 Atribuciones:

Las atribuciones del Área de Interior son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

- Policía Local, Seguridad Ciudadana y Protección Civil.

- Comunicación y protocolo.

- Recursos Humanos.

- Relaciones institucionales.

- Archivo.

La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

1.2 Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos.

1.2.1 Departamentos:

- Alcaldía.

- Secretaría General.

- Asesoría Jurídica.

- Recursos Humanos.

- Policía Local.

Aunque la adscripción directa de los departamentos de Secretaría, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica en el Área de Interior, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.

Sin perjuicio del régimen de adscripción descrito, corresponde al Área de Interior la coordinación de las diferentes áreas de gobierno municipal.

2. Área de Economía y Promoción.

2.1 Atribuciones:

Las atribuciones del Área de Economía y Promoción son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

- Fomento del empleo.

- Turismo.

- Ferias y Mercados.

- Comercio e Industria.

- Hacienda.

- Gestión Tributaria.

- Catastro.

- Tesorería.

- Población.

- Informática.

- Contratación.

- Sanciones.

- Responsabilidad patrimonial.

- Información y atención a los ciudadanos.

La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

2.2 Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos.

2.2.1 Departamentos:

- Intervención.

- Tesorería.

- Turismo.

- Comercio.

- Informática.

2.2.2 Empresas:

- Empresa de Servicios del Municipio de Manacor, SA (SAM).

Aunque la adscripción directa de los departamentos de Intervención, Tesorería e Informática en el área de Economía y Promoción, las funciones de los mencionados departamentos extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal dada la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo estos departamentos municipales.

3. Área de Urbanismo y Obras

3.1 Atribuciones:

Las atribuciones del Área de Urbanismo y Obras son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

- Planificación urbanística.

- Gestión urbanística.

- Disciplina urbanística.

- Licencias urbanísticas.

- Obras.

- Servicios Generales.

- Brigada.

- Actividades.

- Patrimonio Histórico.

La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

3.2 Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos.

3.2.1 Departamentos:

- Urbanismo.

- Servicios Generales.

- Actividades.

4. Medio Ambiente y Movilidad

4.1 Atribuciones:

Las atribuciones del Área de Medio Ambiente y Movilidad son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

- Limpieza viaria y de edificios públicos.

- Limpieza de playas.

- Recogida de residuos.

- Promoción y protección del medio ambiente.

- Control del suministro de agua.

- Control del mantenimiento de las zonas verdes.

- Energías renovables y optimización de la energía.

- Edificios y escuelas rurales.

- Matadero.

- Sanidad.

- Huertos urbanos.

- Agricultura.

- Movilidad y Transporte público.

La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

4.2 Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos.

4.2.1 Departamentos:

- Medio Ambiente.

- Movilidad y Transporte público.

5. Ciudadanía

5.1 Atribuciones:

Las atribuciones de Área de Ciudadanía son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

- Educación.

- Deportes.

- Cultura.

- Mayores.

- Juventud.

- Fiestas.

- Servicios Sociales.

- Igualdad.

- Participación Ciudadana.

- Cementerio.

- Política lingüística.

- Escuela de música.

La relación de competencias específicas antes señalada podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.

5.2 Departamentos, organismos autónomos, y empresas adscritos.

5.2.1 Departamentos:

- Educación.

- Deportes.

- Cultura.

- Servicios Sociales.

5.2.2 Organismos autónomos:

- Patronato Municipal de Deportes.

- Escuela Municipal de Mallorquín.

- Institución Pública Antoni M. Alcover.

- Instituto Público del Teatro Municipal de Manacor.

Disposición Adicional Primera

Los decretos de delegación correspondientes establecerán las competencias generales que deben desarrollar los titulares responsables de las áreas y servicios delegados en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas.

Disposición Adicional Segunda

En carácter general los departamentos adscritos a las áreas que componen la estructura administrativa del Ayuntamiento de Manacor desarrollarán su actividad bajo el principio de cooperación interdepartamental con el objetivo de procurar la eficiencia de los servicios municipales que corresponde prestar dentro la estructura organizativa general de la corporación y de sus organismos dependientes.

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales "

 

Manacor, 29 de junio de 2015

 El alcalde,

Miquel Oliver Gomila