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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO

Núm. 11322
Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca por el cual se crean las direcciones insulares y las secretarías técnicas en que se deben estructurar los departamentos

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Texto

El presidente del Consejo de Mallorca, hoy, ha resuelto:

«El presidente, mediante decreto dictado hoy, ha resuelto crear los departamentos en que ha quedado estructurado el Consejo de Mallorca.

Fundamentos

En el art. 30 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 15 de agosto) y modificado por diversos acuerdos posteriores, se determina que cada departamento del Consejo de Mallorca se puede estructurar internamiento en una dirección insular o en más direcciones insulares, que son órganos directivos a los cuales corresponde la gestión, bajo la dirección del consejero ejecutivo correspondiente, de las diversas áreas funcionalmente homogéneas que conforman el departamento respectivo.

Igualmente, puede haber en cada departamento del Consejo de Mallorca una secretaría técnica, que es el órgano directivo para gestionar, bajo la autoridad del consejero ejecutivo, los servicios comunes del departamento correspondiente.

Por eso, resuelvo:

1. Estructurar internamente los departamentos que integran el Gobierno del Consejo de Mallorca en los términos siguientes.

- Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes

  • Secretaría técnica
  • Dirección Insular de Cultura
  • Dirección Insular de Deportes
  • Dirección Insular de Patrimonio

- Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia

  • Secretaría técnica
  • Dirección Insular de Presidencia y Relaciones Institucionales
  • Dirección Insular de Participación Ciudadana y Juventud
  • Dirección Insular de Igualdad

- Departamento de Economía y Hacienda

  • Secretaría técnica
  • Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía
  • Dirección Insular de Hacienda y Presupuestos

- Departamento de Territorio e Infraestructuras

  • Secretaría técnica
  • Dirección Insular de Territorio y Paisaje
  • Dirección Insular de Urbanismo
  • Dirección Insular de Infraestructuras y Movilidad

- Departamento de Bienestar y Derechos Sociales

  • Dirección Insular de Atención en la Dependencia
  • Dirección Insular de Personas con Discapacidad
  • Dirección Insular de Menores y Familia
  • Dirección Insular de Inclusión Social

- Departamento de Medio Ambiente

Secretaría Técnica

  • Dirección Insular de Medio Ambiente
  • Dirección Insular de Residuos

- Departamento de Desarrollo Local

  • Secretaría Técnica
  • Dirección Insular de Cooperación Local y Caza
  • Dirección Insular de Emergencias

- Departamento de Modernización y Función Pública

  • Secretaría Técnica
  • Dirección Insular de Función Pública
  • Dirección Insular de Modernización e Innovación

2. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empieza a regir el mismo día en que se publica.

3. Publicar el contenido de esta resolución en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

4. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se oponen a lo que se establece en este decreto.

5. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.»

        

Palma, 6 de julio de 2015

          

El secretario general

Jeroni M. Mas Rigo