Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO
Núm. 11322
Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca por el cual se crean las direcciones insulares y las secretarías técnicas en que se deben estructurar los departamentos
El presidente del Consejo de Mallorca, hoy, ha resuelto:
«El presidente, mediante decreto dictado hoy, ha resuelto crear los departamentos en que ha quedado estructurado el Consejo de Mallorca.
Fundamentos
En el art. 30 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 15 de agosto) y modificado por diversos acuerdos posteriores, se determina que cada departamento del Consejo de Mallorca se puede estructurar internamiento en una dirección insular o en más direcciones insulares, que son órganos directivos a los cuales corresponde la gestión, bajo la dirección del consejero ejecutivo correspondiente, de las diversas áreas funcionalmente homogéneas que conforman el departamento respectivo.
Igualmente, puede haber en cada departamento del Consejo de Mallorca una secretaría técnica, que es el órgano directivo para gestionar, bajo la autoridad del consejero ejecutivo, los servicios comunes del departamento correspondiente.
Por eso, resuelvo:
1. Estructurar internamente los departamentos que integran el Gobierno del Consejo de Mallorca en los términos siguientes.
- Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes
- Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia
- Departamento de Economía y Hacienda
- Departamento de Territorio e Infraestructuras
- Departamento de Bienestar y Derechos Sociales
- Departamento de Medio Ambiente
Secretaría Técnica
- Departamento de Desarrollo Local
- Departamento de Modernización y Función Pública
2. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empieza a regir el mismo día en que se publica.
3. Publicar el contenido de esta resolución en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.
4. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se oponen a lo que se establece en este decreto.
5. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.»
Palma, 6 de julio de 2015
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo