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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 11213
Delegación genérica territorial a favor del primer teniente de alcalde

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Texto

En conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el artículo 75.5 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 8.1.f) de la Ley 19/2013, de 9 de Diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se hace público que, día 15  de Junio de 2015, el Sr. Alcalde dictó la siguiente resolución:

“RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

DELEGACIÓN GENÉRICA TERRITORIAL A FAVOR DEL PRIMER TENIENTE ALCALDE

Habiendo considerado la conveniencia y oportunidad de que el núcleo de Can Picafort continúe disponiendo de una delegación específica de esta Alcaldía para poder gestionar con mejor presteza la resolución de los asuntos municipales que a diario se acontecen,

Y conformemente con aquello que dispone el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO: 

Designar el 1r teniente alcalde, Sr. Joan Monjo Estelrich, porque asuma la delegación de esta Alcaldía en el casco urbano de Can Picafort. 

Esta delegación comprenderá la dirección, inspección, e impulsión de los servicios y obras municipales en los cascos urbanos de Can Picafort y Son Serra, así como el ejercicio de aquellas competencias propias y delegables de esta Alcaldía en los mencionados ámbitos territoriales que no hayan sido delegadas en la Junta de Gobierno Local ni a los regidores-delegados. La delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, ni alcanza, en ningún caso, la resolución de recursos administrativos interpuestos contra los actos de trámite que haya dictado el regidor delegado.

De acuerdo con la base 32, apartado 2.2.1 de las bases de ejecución de los presupuestos para 2015, la retribución del teniente de alcalde con delegación territorial, con dedicación exclusiva es de 38.600 €/año.

Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de regidor-delegado, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar. Así mismo se publicará el carácter de dedicación exclusiva de la delegación en cumplimiento del artículo 75 de la Ley 7/85 de 2 de Abril.

El regidor-delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía sobre la gestión delegada, de acuerdo con los términos previstos al artículo 115 del ROF.

En aquello no previsto en esta resolución regirán la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locale sen el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen a dichas normas.”

Lo que se publica en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Santa Margalida, 25 de Junio de 2015

El Alcalde

Mantí Àngel Torres Valls