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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11182
Resolución del director general del Servicio de Salud de 26 de junio de 2015 por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, un puesto de trabajo de jefe/a de grupo del servicio de Atención al Paciente en el Hospital Can Misses perteneciente al Área de Salud de Ibiza y Formentera

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Texto

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB núm. 11/2013, de 22 de enero) y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicada en el BOIB núm. 87/2011, de 11 de junio), dicto la siguiente

Resolución

Acordar la convocatoria pública de un puesto de trabajo de jefe/a de grupo del Servicio de Atención al Paciente del Área de Salud de Ibiza y Formentera en el Hospital Can Misses, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

1. Requisitos

Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.

2. Méritos que se evaluarán (deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria)

a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):

- Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1, por cada mes completo..............0,20 puntos

- Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2, por cada mes completo............. 0,16 puntos

b) Puestos de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo 60 puntos):

- Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):

• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19, por cada mes completo .............0,20 puntos

• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 19, por cada mes completo .............0,15 puntos

• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 19, por cada mes completo .............0,10 puntos

Otras experiencias profesionales relacionadas con el puesto al que se opta, siempre que no se correspondan a los servicios prestados en alguna de las categorías necesarias para ocupar el puesto convocado ni a la ocupación de puestos de jefatura, por cada mes completo (máximo 20 puntos)............. 0,10 puntos

c) Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):

C1.- Formació continuada.

Por cada crédito o por cada diez horas como docente o discente, en  cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas que estén relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta o.............0,10 puntos

Los criterios que los cursos, los seminarios, los talleres y las jornadas deben cumplir para ser valorados son los siguientes:

- Deben estar organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 30/1992) o por alguna universidad, lo que debe constar en el certificado correspondiente. En caso de que la actividad haya sido organizada por una entidad de derecho público de conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 30/1992, el interesado debe acreditar esta condición.

- Deben estar organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien deben estar acreditados y / o subvencionados por aquellas, lo que deberá constar en el certificado correspondiente.

- Deben ser realizados en virtud de los acuerdos de formación continua en las administraciones públicas y deben estar organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito esos acuerdos.

En este apartado no se valoran las asignaturas de titulaciones universitarias oficiales (grado, licenciaturas, diplomaturas o doctorados). No obstante, sí se valorarán en este apartado los másteres y los cursos de experto universitario que tengan el carácter de titulaciones propias de una universidad determinada, siempre que estén relacionadas directamente con las funciones del puesto de trabajo convocado

C2.- Certificados oficiales de conocimientos de catalán

En este subapartado se valoran los siguientes certificados oficiales de conocimientos generales de catalán expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares (antes Dirección General de Política Lingüística):

  • Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) correspondiente al nivel A2 de catalán .............1 punto
  • Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) correspondiente al nivel B1 de catalán .............2 puntos
  • Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) correspondiente al nivel B2 de catalán .............3 puntos
  • Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) correspondiente al nivel C1 de catalán .............4 puntos
  • Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) correspondiente al nivel C2 de catalán .............5 puntos

(sólo se valorará el título, diploma o el certificado oficial de conocimientos de catalán que corresponda al mayor nivel que posea el concursante)

  • Por tener el certificado de nivel E (lenguaje administrativo) de catalán, de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de marzo de 2011 (BOIB núm. 53, de 9 de abril) .............1 punto

(Se acumula a cualquier otro nivel que se tenga)

3) Características del puesto convocado

La persona que obtenga la plaza tendrá la dependencia -orgánica y funcional- y cumplirá las funciones propias de un jefe de grupo del Servicio de Atención al Paciente en el área de salud de Ibiza y Formentera en el Hospital Can Misses, entre las cuales las siguientes:     

  • Gestionar el funcionamiento del Servicio de Atención al Usuario, garantizando la accesibilidad de los usuarios al sistema sanitario, velando por la promoción y el respeto de los derechos y deberes de los ciudadanos y la equidad de los servicios.
  • Desarrollar los diferentes apartados de la cartera de servicios y prestaciones vigentes, evaluando la opinión del usuario y su satisfacción a través de las reclamaciones, agradecimientos y sugerencias.
  • Participación en los comités de calidad, definiendo e implementando estrategias que pongan la organización al servicio de los ciudadanos.
  • Personalización de la atención y garantizar el compromiso con la carta de derechos y deberes de los ciudadanos velando por los aspectos éticos de su organización.

4) Documentación

Las personas aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos alegados.

5) Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano convocante, se formalizará en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6) Comisión de Selección

  • Presidente: José Pastor Palenzuela (designado por el director general del Servei de Salut).
  • Los vocales han de estar compuestos por les personas siguientes:
    • Guillem Negre Rotger (vocal designado por el director general del Servei de Salut).
    • Esperanza Mendez Serra (vocal designada por el director gerente del centre correspondiente  entre los cargos de jerarquía igual o superior de la misma área funcional que el puesto de trabajo que se haya de proveer).
    • Carmen Santos Bernabeu (vocal designada como director/a de la división a la que está adscrita el puesto de trabajo que se ha de proveer).
  • Secretaria: Natalia Vila Tortosa(designada por el directivo que tiene encomendada la gestión del área de personal del centro).

Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se  designará un nuevo integrante.

Interposición de recursos

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo , de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

Palma, 26 de juny de 2015

El director general del Ib-salut

Miquel Tomás Gelabert

(P.d. Resoluciones de la Consejera de Interior de 31 de marzo y de 16 de abril de 2008; BOIB de 8 de abril y de 3 de mayo de 2008)