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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN

Núm. 11097
Decreto de delegación de competèncias en la Junta de Gobierno Local

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Texto

En fecha 17 de junio de 2015, se ha dictado la siguiente resolución:

"De conformidad con lo previsto en los artículos 21.3 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el artículo 23 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares y el artículo 4 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Es Migjorn Gran.

RESUELVO

ÚNICO.- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones previstas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local:

a) Ordenación de gastos y reconocimiento de obligaciones cuando no esté atribuida legalmente al Pleno y cuando la cuantía sea superior a 3.000 €.

b) La aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, convocatoria de licitaciones y adjudicación de las contrataciones de ventas, arrendamientos, obras, servicios y suministros que sean de su competencia.

c) Aprobar los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación y concesión.

d) Otorgar subvenciones.

e) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.

f) Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

g) Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público, de conformidad con las bases aprobadas, y nombrar funcionarios de carrera, a propuesta del Tribunal, a los que superen las correspondientes pruebas.

h) Contratar al personal laboral fijo de la Corporación.

e) Aprobar los instrumentos de planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como instrumentos de gestión urbanística y proyectos de urbanización.

j) La adquisición de bienes y derechos sin límite de valor; así como las enajenaciones patrimoniales cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto.

k) La cesión de uso gratuito de un bien a precario.

l) Hacer cumplir y sancionar las faltas de obediencia a su autoridad o infracción de las ordenanzas y reglamentos municipales de carácter leve, grave y muy grave, cierres y demoliciones.

m) La resolución de los recursos y reclamaciones que se interpongan ante este Ayuntamiento por razón de la materia objeto de esta delegación.

n) Concesión de las siguientes licencias e informe municipales:

- Declaración de interés general en suelo rústico

- Urbanísticas de obras mayores

- Segregaciones y parcelaciones

- Instalaciones eléctricas

- Instalación y apertura y funcionamiento de las actividades sujetas a clasificación y permanentes mayores.

En todo caso, la Junta de Gobierno Local actuará bajo la dirección y coordinación del alcalde, y esta delegación será revocable en cualquier momento.

De todo ello, se dará cuenta al Pleno.

Es Migjorn Gran, a 17/06/2015

Ante mí,

El Alcalde, La secretaria interina

Pedro G. Moll Triay Catalina Pons Marqués"

El que se hace publico en complimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Es Migjorn Gran, 30 de junio de 2015