Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 11091
Notificación del decreto orden ejecución para limpiar solar en la calle Trobat, 63
Dado que no ha sido posible llevar a cabo la notificación personal por los medios legalmente establecidos de acuerdo con lo previsto en el art. 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, modificada por la ley 4/99 de 13 de enero, se notifica a la. Sra. Maria Rosselló Munar, Sra. Antonia Rosselló Munar, Herederos del Sr. Pedro Rosselló Munar, Herederos del Sr. Joan Rosselló Munar, y Herederos del Sr. Josep Rosselló Munar, el siguiente decreto de alcaldía núm. 2015/565:
“VISTO el informe emitido por el servicio de inspección del Ayuntamiento de Inca, motivado por las diversas quejas de los vecinos, se informa que el solar situado en la calle Trobat, 63, de Inca, está lleno de hierbas lo que provoca que haya ratas, incumpliendo las condiciones establecidas en el artículo 29 de la Ordenanza municipal de limpieza.
(Art. 29
Los propietarios de solares y terrenos deberán mantenerlos libres de basura y residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.
La prescripción anterior incluye la exigencia de desratización y desinfección de los solares.)
VISTO que según datos municipales los propietarios de este inmueble son:
CONSIDERANDO lo dispuesto en el PGOU de Inca y la Ordenanza de Policía y buen Gobierno de Inca de 1993; así como los artículos 10 y 11 Ley 10/1990, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística, el artículo 181.2 del Texto refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana de 9 de abril de 1976 y el artículo 9 del Real Decreto-Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Suelo.
Por todo ello, y de acuerdo con las competencias que me atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local, y demás normativa de aplicación, RESUELVO:
1.- ORDENAR a la Sra. Maria Rosselló Munar, a la Sra. Antonia Rosselló Munar, a los herederos de D. Pedro Rosselló Munar, a los herederos de D. Joan Rosselló Munar y los herederos del Sr. Josep Rosselló Munar, en el plazo de un mes, procedan a retirar la abundante vegetación, además de desratizar dicho solar, a fin de adoptar las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
2.- CONCEDER AUDIENCIA los propietarios para que durante un plazo de 10 días hábiles puedan formular las alegaciones que estimen convenientes y presentar los documentos u otros elementos de juicio que consideren oportunos.
3.- ADVERTIR a los propietarios que, en caso de incumplimiento de lo ordenado, se procederá a la incoación de expediente sancionador, y se llevará a cabo por la Corporación Municipal, con cargo a los obligados, la limpieza y desratización del inmueble y adopción de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
4.- NOTIFICAR este Decreto a los interesados con indicación de los recursos procedentes. "
Lo que SE COMUNICA, para su conocimiento y efectos oportunos.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99 y el artículo 52.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril de 1985 de Bases de Régimen Local y otras normas concordantes y complementarias, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
No obstante lo anterior, puede ejercitarse, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Inca, 16 de junio de 2015
El alcalde-presidente
Virgilio Moreno Sarrió