Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA DE BONANY
Núm. 11073
Delegaciones de Alcaldia
Anuncio: Asignaciones de áreas de gobierno y delegaciones de competencias por parte de la Alcaldía
En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que en fecha 15 de junio de 2015 el Sr. Alcalde del ayuntamiento de Vilafranca de Bonany dictó el siguiente Decreto:
“Visto el artículo 21.3 de la LRBRL, el cual dispone que el Alcalde podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones, excepto determinadas atribuciones mencionadas en dicho precepto.
Visto el artículo 25 de la LMRLIB, el cual dispone que la administración municipal puede estructurarse en departamentos dirigidos por uno o una teniente de Alcalde o por un regidor o regidora delegados que actúan por delegación del Alcalde en las materias que se los atribuya expresamente.
Vistos los artículos 43 y 44 del ROF, los cuales disponen que el Alcalde podrá delegar el ejercicio de determinadas atribuciones a los tenientes de Alcalde y al miembros de la Junta de Gobierno y que todas las delegaciones se harán por decreto de Alcaldía que contendrá el ámbito de los asuntos a los cuales se refiere la delegación, las facultades que se delegan así como las condiciones específicas de su ejercicio; que la delegación de atribuciones de la Alcaldía producirá efectos a partir del día siguiente a la fecha del decreto excepto que en ella se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el boletín oficial de la provincia y en el municipal si existiera; y que de todas las delegaciones y sus modificaciones se dará cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre con posterioridad.
Por todo ello y en uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente en materia de régimen local, RESUELVO:
1. º Designar regidores delegados responsables de las áreas o servicios municipales con las funciones de dirección y gestión pero sin que la delegación suponga en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:
Cultura: Sra. Francisca Bauzà Garí.
Educación y Servicios Sociales: Catalina Galmés Rosselló.
Fiestas, Juventud y Deportes: Jaime Català Rosselló.
Urbanismo y Medio ambiente: Gregorio Bauzà Sastre.
Sanidad y Turismo: Ramiro Amurrio Fernández
2. º Determinar que las áreas que no hayan sido objete de delegación corresponden a la Alcaldía
3. º Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares”.
Vilafranca de Bonany, 17 de junio de 2015
El Alcalde,
Montserrat Rosselló Nicolau