Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 11069
Designación miembros junta de gobierno
El Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, con fecha 19 de junio de 2015 dictó la siguiente resolución:
“DECRETO DE ALCALDÍA NÚM. 387 de fecha 19 de junio de 2015.
En conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y art. 50 y siguientes del Reglamento Orgánico Municipal, RD 2568/1986 de 28 de noviembre, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
PRIMERO.- La Junta de Gobierno estará presidida por el Alcalde e integrada por cuatro regidores, número de regidores no superior al tercio del número legal de la Corporación.
Alcalde- Presidente: Sr. JERONI SALOM MUNAR
Regidores: Sr. JOSE FERNANDEZ GARCIA
Sra. MAGDALENA MOYA CARRASCO
Sra. PAULA MOYA LLABRES
Sr. ANDREU VILLALONGA SIMONET
SEGUNDO.- La Junta de Gobierno tendrá asignadas las siguientes atribuciones:
Propias:
La asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
Delegadas por el Alcalde:
TERCERO.- Ámbito de la Delegación de atribuciones:
Será en toda su extensión, en resolución de recursos y en concordancia e inclusión de las materias conexas previstas en el RD 781/1986 de 18 de abril, el RD 2568/1986 de 28 de noviembre, y demás legislación estatal o autonómica o local.
CUARTO.- Condiciones específicas de ejercicio de las atribuciones:
a) El Alcalde se reserva la potestad de avocación de las competencias delegadas a la Junta de Gobierno. La avocación implica la recuperación por el Alcalde de la competencia resolutoria para decidir en un caso particular.
La potestad de avocación se ejercerá en régimen excepcional cuando, apreciadas las circunstancias del caso, no se pueda demorar la resolución hasta la próxima sesión ordinaria de la Junta de Gobierno, o por la escasa importancia del asunto no sea necesaria la convocatoria de sesión extraordinaria.
b) No se entenderán delegadas a la Junta de Gobierno aquellas competencias atribuidas al Alcalde por la legislación estatal o autonómica que, por su propia naturaleza, no sean susceptibles de ejercicio por el órgano colegiado.
QUINTO.- De la presente Resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que celebre, notificandose además personalmente en el designado, y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución, conforme se indica al artículo 52.4 del RD 2568/1986.
Binissalem, 19 de junio de 2015. Firmado, Jeroni Salom Munar, Alcalde”.
Lo que se hace público por general conocimiento, en conformidad con el establecido al artículo 52,4 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre.
Binissalem, 29 de junio de 2015
EL ALCALDE-actal
Andreu Villalonga Simonet.