Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE INCA

Núm. 10457
Procedimiento ordinario 142/2010 sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Inca, a 5 de diciembre de 2012.

Vistos por la Sra. D.ª Ana Mª Sánchez Macías, Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de los de Inca, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 142/2010, seguidos en este Juzgado a instancia de D. Miguel Pujadas Pieras, representado por la Procuradora D.ª Mª del Carmen Serra Llull y asistido por el Letrado D. José Luis Burgos Navarro, contra la mercantil R.J. Internacional, S.A., declarada en rebeldía, la entidad Zurich Insurance PLC, Sucursal en España, representada por la Procuradora D.ª Ana Mª Crespí Tortella y asistida por el Letrado D. Gonzalo Pujol Pérez, ampliándose posteriormente la demanda a la entidad Mapfre Familiar,

Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., representada por la Procuradora D.ª Mª del Pilar Rodríguez Fanals, bajo la dirección letrada de D. Miguel Canals Mir, desistiéndose ulteriormente de las demandas interpuestas respecto a las citadas compañías de seguros, sobre reclamación de cantidad en concepto de responsabilidad civil extracontractual.

(…)

FALLO

Que debo ESTIMAR y estimo la demanda formulada por la Procuradora D.ª Mª del Carmen Serra Llull, en nombre y representación de D. Miguel Pujadas Pieras, contra la mercantil R.J. Internacional, S.A., condenando a la referida demandada a abonar al actor la cantidad de 9.601,90 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la interpelación judicial, así como al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Baleares, en el término de

VEINTE DÍAS, contados desde el siguiente hábil a la fecha de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha, doy fe.

PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad R.L. INTERNACINAL S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

INCA a ocho de Junio de dos mil quince.

LA SECRETARIO