Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10708
Juicio de Faltas Nº 919/2014
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JESUS CANO RECHI la sentencia dictada en este juzgado con el número 137/2015, y que a tenor literal en su fallo dice:
“DEBO CONDENAR Y CONDENO a Jesús Cano Rechi como autor penalmente responsable de una falta de estafa, prevista y penada en el artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de 30 Días de Multa, a razón de 6 Euros Diarios, quedando sujeto en caso de impago de la misma, a una responsabilidad personal subsidiaria, previa exacción de sus bienes, de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, con la obligación de permanecer en su domicilio; y a que por vía de Responsabilidad Civil indemnice a Nuria González Alonsoen la cantidad de 150 euros; declarándose de oficio las costas causadas en el juicio “.
En PALMA DE MALLORCA a 5 de Junio de 2015.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL