Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 10881
Anuncio de información pública de los pliegos de condiciones y convocatoria simultanea de la licitación del contrato del servicio de intervención social comunitaria del término de Manacor
Por decreto de alcaldía de 24/06/2015 se ha aprobado el expediente de contratación que es objeto de este anuncio. De conformidad con este ya los efectos previstos en el artículo 188 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, los pliegos de condiciones reguladores de esta contratación se exponen al público durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOIB, para que puedan presentarse reclamaciones con carácter simultáneo a la apertura del procedimiento de licitación.
1. Entidad adjudicadora
a) Organismo: Ayuntamiento de Manacor.
b) Dependencia que tramita el expediente:
2. Objeto del contrato
a) Descripción: servicio de intervención comunitaria del término de Manacor
b) Plazo del contrato: 1 año
c) Exp. Núm. 29/2015
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: abierto.
c) Forma: selección en función de varios criterios.
4. Precio máximo anual
Precio máximo anual: 375.794,868 euros (sin IVA)
10% de IVA: 37.579,49 euros
Total coste anual para la Administración: 413.374,35 euros
5. Garantías
Definitiva: 5% del precio de adjudicación.
6. Presentación de las ofertas
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BOIB, de 9 a 14 horas, si el último día fuera inhábil o sábado se prorrogará hasta el primer día hábil.
b) Documentación a presentar: la indicada en la cláusula 15 del pliego de cláusulas administrativas.
c) Lugar de presentación:
1º. Entidad: Registro de entrada del Ayuntamiento de Manacor
2º. Domicilio: plaza Convento, 1
3º. Localidad y código postal: Manacor 07500.
4º. Teléfono: 971849100. Fax: 971 849 133
7. Apertura de las ofertas
La apertura del sobre B tendrá lugar el séptimo día natural, a las 12 horas en el edificio administrativo (2º piso, Ayuntamiento nuevo) a contar desde la apertura de la documentación administrativa. Si fuera inhábil o sábado se prorrogará al día hábil siguiente.
8. Documentación requerida para acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica.
Los que constan en la cláusula 19, apartado c) del PCA:
La solvencia económica y financiera se podrá acreditar por los medios siguientes:
- Para personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales presentadas en el registro mercantil o en el registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en los registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Será requisito mínimo de solvencia, acreditar que dispone de unos fondos propios (patrimonio neto) que sean de al menos el 20% del importe del contrato.
- Declaración relativa a la cifra de negocios de los servicios o trabajos realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios disponibles en función a la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario, en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato. Será requisito mínimo de solvencia: presentar una declaración firmada por el representante legal de la empresa relativa a la cifra de negocios y de los servicios realizados en el curso de los últimos 3 años con una cuantía anual en cada uno de los tres ejercicios igual o superior al doble del valor estimado del contrato, o con una cuantía media de los tres años que ha de ser como mínimo igual al doble del valor estimado del contrato. Si como consecuencia de la fecha de creación de la empresa, no se puede acreditar una cifra de negocios durante la totalidad de los períodos exigidos, al menos deberán aportar una declaración sobre un ejercicio cerrado ..
Si por una razón justificada el empresario no está en condiciones de presentar la solvencia por cualquiera de dichos medios, podrá acreditarse por cualquier otro documento, siempre que el órgano de contratación lo considere apropiado. (Artículo 75.2 TRLCSP).
La solvencia técnica se podrá acreditar por cualquiera de los medios siguientes:
- Titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa, y en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, acompañados del informe de la vida laboral de la cuenta de cotización de los trabajadores a adscribir al contrato que indican que acredite que esta personal forma parte de la plantilla de la empresa en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas. Será requisito mínimo de solvencia que deberán acreditar los licitadores: que como mínimo el personal responsable de ejecución del contrato cuenta con los siguientes profesionales y con las siguientes titulaciones:
* Un / a profesional con estudios de diplomatura o licenciatura de la rama social o de humanidades y posesión del certificado C2 de catalán.
* 10 diplomados en educación social.
* 1 Licenciado / a en Psicología, Psicopedagogía o Pedagogía.
- Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por estos, o a falta de estos certificados, mediante una declaración del empresario . Los certificados indicarán el beneficiario del servicio especificando si es entidad del sector público o un sujeto privado, las fechas en que ha prestado los servicios, y el importe de los mismos. Será requisito mínimo de solvencia que deberán acreditar los licitadores:
* Haber ejecutar 3 contratos similares a los que son objeto de este contrato durante cualquiera de los últimos 3 años, entendiendo por similares: aquellos donde las prestaciones sean coincidentes al menos en un 50% a las que son objeto de esta contratación y con u n presupuesto total de ejecución cada uno de los contratos que no difiera en más o en menos un 50% del presupuesto total de ejecución del contrato que es objeto de licitación (€ 413.374,35, 10% IVA incluido).
O
* Haber ejecutados 2 contratos similares a los que son objeto de este contrato durante cualquiera de los últimos 3 años, entendiendo por similares: aquellos donde las prestaciones sean coincidentes al menos en un 50% a las que son objeto de esta contratación y con un importe anual de ejecución que la media de los dos contratos debe ser como mínimo igual al 60% de presupuesto anual base de licitación previsto en este contrato. Si el contrato es de duración inferior a 1 año, el importe adjudicado debe ser igual o superior en un 60% al presupuesto máximo anual de licitación previsto en este contrato.
O
* Haber ejecutar al menos un servicio similar al que es objeto de este contrato durante cualquiera de los últimos 3 años, entendiendo por similar: aquel donde las prestaciones del que sean coincidentes al menos en un 50% a las que son objeto de esta contratación , y con un importe anual igual o superior al 50% del presupuesto máximo anual de licitación previsto en este contrato. Si el contrato es de duración inferior a 1 año, el importe adjudicado debe ser igual o superior en un 50% al presupuesto máximo anual de licitación previsto en este contrato.
9.Criterios de adjudicación
Los que constan en la cláusula 18 del PCA:
Criterios de adjudicación evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas
1. Por rebaja del precio máximo de licitación indicado en el pliego: de 0 a 50 puntos.
2. Ofrecimiento de un mecanismo presencial de coordinación y colaboración con el equipo del departamento de servicios sociales: 5 puntos.
Criterios de adjudicación evaluables mediante un juicio de valor: hasta 45 puntos
1. Valoración del proyecto de intervención social. Los aspectos que se valorarán del proyecto serán los siguientes:
A-Propuesta de acciones preventivas a ejecutar a los beneficiarios del servicio de orientación e información. Hasta 10 puntos.
B-Respecto al servicio de prevención de situaciones de riesgo, a través de proyectos socioeducativos, para trabajar con niños y jóvenes y sus familias. Ofrecer a las familias, además de los grupos de capacitación parental, un asesoramiento individual / familiar complementario para mejorar las relaciones intrafamiliares. Hasta 20 puntos
C-Del planes de intervención comunitaria directa a ejecutar en zonas de especial interés por sus indicadores de riesgo detectados. Hasta 15 puntos.
Manacor, 24 de junio de 2015
El Alcalde
Miquel Oliver Gomila