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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE MANACOR

Núm. 3916
Ordinario contratación-249.1.5 498/2013 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Manacor, a nueve de julio de dos mil catorce.

FALLO

SE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por “Construcciones Martet, S. L.”, representada por la Procuradora doña Ángela Servera Soler contra Inceborg Brück y Kurt Emile Brück, en situación procesal de rebeldía y, se condena a los codemandados a abonar a la entidad actora, de forma solidaria, la cantidad de 56.361,62 euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda y las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, informándoles que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial, que habrá de presentarse ante este Juzgado en el plazo de 20 días a partir de su notificación.

Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, póngase en conocimiento de las partes que, salvo que disfruten del beneficio de justicia gratuita o el recurrente sea el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales o los organismos dependientes de todos ellos, la preparación o anuncio del recurso de apelación exigirá la previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, lo que deberá ser acreditado documentalmente, con el apercibimiento de que no será admitido a trámite el recurso si no se justifica la constitución del expresado depósito.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de KURT EMILE BRÜCK e INCEBORG BRÜCK, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En MANACOR, a diez de Febrero de dos mil quince

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL