Hechos
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El día 4 de junio de 2015, tuvo entrada en el registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, una petición conjunta de permuta de sus destinos definitivos de las funcionarias de carrera Antonia Isabel Motos Moens y Catalina M. March Dols, a la que se adjuntaron los informes favorables a la permuta de los directores de los institutos de educación secundaria donde estan destinadas las funcionarias mencionadas.
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La Sra. Antonia Isabel Motos Moens fue nombrada funcionaria de carrera el 1 de setiembre de 2006 y actualmente está en situación administrativa de activa, con destino definitivo en el IES Binissalem desde el 1 de setiembre de 2006, ocupando una plaza de la especialidad de Inglés.
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La Sra. Catalina M. March Dols fue nombrada funcionaria de carrera el 1 de setiembre de 2011 y actualmente está en situación administrativa de activa con destino definitivo en el IES Berenguer d’Anoia desde el 1 de setiembre de 2013, ocupando una plaza de la especialidad de Inglés.
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Se ha comprobado que la Sra. Antonia Isabel Motos Moens con DNI 43067594W y la Sra. Catalina M. March Dols con DNI 78213128H cumplen todas las condiciones para la autorización excepcional de permutas entre funcionarios en activo de los cuerpos docentes que se enumeran en la disposición adicional sexta del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por la cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
Fundamentos de derecho
El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, que regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 15 de diciembre de 2014 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal en el director general de Educación y Cultura (BOIB nº 174, de 20 de diciembre).
Por todo lo expuesto dicto la siguiente
Resolución
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Autorizar, de acuerdo con lo que determina la disposición adicional sexta del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, la permuta de los destinos definitivos de las funcionarias de carrera Antonia Isabel Motos Moens y Catalina M. March Dols.
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Adscribir de manera definitiva a la Sra. Antonia Isabel Motos Moens en el IES Berenguer d’Anoia, con destino en una plaza de la especialidad de Inglés.
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Adscribir de manera definitiva a la Sra. Catalina M. March Dols en el IES Binissalem, con destino en una plaza de la especialidad de Inglés.
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Disponer que la permuta autorizada de los destinos surtirá efectos desde el 1 de setiembre de 2015, fecha en la que ambas profesoras tomaran posesión del nuevo destino.
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Notificar a las interesadas que en el plazo de diez años, a contar desde la fecha de concesión de la presente permuta, no se podrá autorizar una nueva permuta a ninguna de las profesoras mencionadas, y si durante los dos años siguientes a la fecha de toma de posesión de los destinos que se permutan, cualquiera de las profesoras aludidas pasa a la situación de excedencia o de jubilación voluntarias, quedaría sin efectos esta Resolución por la que se autoriza la permuta.
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Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de Educación y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma a 18 de junio de 2015
El director general de Educación y Cultura
Antoni Vera Alemany