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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10721
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Cese de personal eventual

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Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 10.074 de 4 de junio de 2015, acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Cesar con efectos de día 12 de junio de 2015, al personal eventual que se relaciona a continuación, agradeciéndoles los servicios prestados durante el mandato del Consistorio anterior, todo esto de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, el artículo 104.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de bases de régimen local, así como el artículo 20.3 de la ley 3/2007, de 27 de marzo de Función Pública de las Islas Baleares.

  • Sr. MANUEL MARIA RUIZ DE ASSIN VARELA, Asesor de prensa.
  • Sra. JUANA MARIA OLIVER PALAZON, Asesora de Distrito.
  • Sr. JESUS DE MIGUEL COLL, Asesor de Distrito.
  • Sr. FRANCISCO AMENGUAL ORFILA, Asesor de Distrito.
  • Sr. BARTOLOMÉ ABAD SOCÍAS, Director técnico de urbanismo.
  • Sr. SERGIO RODRÍGUEZ GARI, Asesor de Juventud.
  • Sra. Mª JESÚS JIMÉNEZ GARCÍA, Coordinadora del Grupo Municipal Partido Popular.
  • Sra. PATRICIA DÍAZ ORS, Secretaria grupo Partido Popular.
  • Sra. BEGOÑA MORAGUES ESCUDERO, Secretaria grupo Partido Popular.
  • Sr. FRANCISCO GABRIEL GIMÉNEZ SALVAT, Secretario grupo Partido Popular.
  • Sra. YOLANDA SERRANO MORENO, Coordinadora del Grupo municipal PSOE.
  • Sr. SERGIO RODRÍGUEZ LOPEZ, Secretario del Grupo Municipal PSOE.
  • Sra. ENCARNACIÓN GRACIA PORRAS, Secretaria Grupo Municipal PSOE.
  • Sr. ANTONIO SERVERA SALETAS, Secretario del Grupo municipal MES PER MALLORCA.
  • Sra. SANDRA SOLDUGA COSTA, Coordinadora del Grupo municipal MES PER MALLORCA.

SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a las personas interesadas y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de les personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 18 de junio de 2015

El Coordinador del Registro de Personal e Informática

Joan Miquel Escales Vidal