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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 10707
Publicación acuerdo del Pleno relativo a fijación del régimen de indemnizaciones y asistencias de los miembros de la corporación

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Texto

Publicación acuerdo del Pleno relativo a fijación del régimen de indemnizaciones y asistencias de los miembros de la corporación

Mediante el presente anuncio se hace público que en sesión extraordinaria celebrada en fecha 18 de junio de 2015 el Pleno del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Fijación del régimen de indemnizaciones y asistencias de los miembros de la corporación

"Visto lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, en el artículo 74. 2 y 3 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre , municipal y de régimen local de las Islas Baleares, de acuerdo con los que el Pleno del Ayuntamiento determinará los miembros de las corporaciones municipales que ejercerán sus cargos con dedicación exclusiva o parcial, sus retribuciones y el régimen de dedicación mínima para la percepción de dichas retribuciones.

Se propone al Pleno del Ayuntamiento:

Primero. Establecer el régimen de indemnizaciones siguientes:

- Todos los miembros de la corporación, incluidos los que ejerzan cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial, percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos, documentalmente justificadas, que se ocasionen en el ejercicio de sus cargos, según las normas de aplicación general de las Administraciones Públicas y las que en desarrollo de estas acuerde el Pleno de la Corporación.

Segundo. Establecer el régimen de asistencias siguientes:

Alcalde / sa

 Asistencias a plenos, comisiones informativas y juntas de gobierno 563,18

 Cantidad anual máxima a percibir 40.000,00

 

Concejales / as con delegación de la Alcaldía y sin dedicación:

 Asistencias a plenos, comisiones informativas y juntas de gobierno 478,70

 Cantidad anual máxima a percibir 22.000,00

 

Concejales / as sin delegación de la Alcaldía ni dedicación:

 Asistencias a plenos y comisiones informativas 179,31

 Cantidad anual máxima a percibir 6.455,66

Tercero. Publicar este acuerdo en el tablón de edictos de la corporación y en el BOIB, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local. "

 

Sant Llorenç des Cardassar, 19 de junio de 2015

 

El alcalde,

Mateu Puigròs Sureda