Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 10705
Delegación de atribuciones a los concejales
Por el presente se hace pública la siguiente Resolución de Alcaldía núm. 176/2015, de 15 de junio:
"En virtud de lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local así como los artículos 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar a favor de la concejala Antonia Bauzá Lliteras el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión de las áreas DEPORTES y NUEVAS TECNOLOGÍAS, comprensivas también de la gestión de las diferentes instalaciones. Asimismo se encargará de la evaluación de los diferentes servicios municipales, los recursos humanos y también de la coordinación del equipo de gobierno.
Segundo. Delegar a favor del concejal Pep Jaume Umbert el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión de las áreas de SERVICIOS GENERALES, MEDIO RURAL, SANIDAD, SALUD Y CEMENTERIOS. Asimismo se encargará de la dirección y gestión de la Brigada Municipal.
Tercero. Delegar a favor de la concejala Dolores Sánchez Márquez el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión de las áreas de CULTURA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POLICIA LOCAL y PROTECCIÓN CIVIL. Asimismo se encargará de la dirección y gestión de las bibliotecas municipales y de la escuela de música.
Cuarto. Delegar a favor del concejal Mateo Frau Barceló el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión del área de MEDIO AMBIENTE. Esta delegación también conlleva la dirección y gestión del servicio de recogida de residuos y de la estación depuradora e instalaciones complementarias.
Quinto. Delegar a favor del concejal Nicolás Bordal García el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión del área de TURISMO. Esta delegación también conlleva la gestión de las playas del término municipal y del servicio de limpieza viaria y mantenimiento de jardines de la zona costera.
Sexto. Delegar a favor de la concejala María Galmés Mesquida el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión del área de BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD. Esta delegación conlleva la supervisión de la dirección y gestión de los centros de día así como la representación del Ayuntamiento en sus relaciones con las asociaciones de la tercera edad. Asimismo se encargará de la dirección y gestión de actividades en general y del control de la compra.
Séptimo. Delegar a favor de la concejala Alicia Duran Riera el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión de las áreas de educación, JUVENTUD y FIESTAS. Asimismo se encargará de la dirección y gestión de las guarderías municipales, de los centros de adultos, de las escuelas de verano y de los centros jóvenes.
Octavo. Delegar a favor de la concejala Ana María Vives Llodrà el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la dirección y la gestión de áreas de COMERCIO Y CONSUMO y MERCADOS Y FERIAS. Esta delegación también conlleva la supervisión del empleo de la vía pública.
Noveno. Asumir personalmente las atribuciones de las áreas de gestión económica y urbanismo, además de las restantes atribuidas por la legislación y no expresamente delegadas.
Décimo. La gestión del centro cultural de Sa Maniga y del Centro Multifuncional de Sant Llorenç se llevará a cabo de manera compartida entre la Alcaldía y la concejalía de Cultura.
Undécimo. Las delegaciones mencionadas en los apartados primero a octavo comprenden las facultades de dirigir los servicios correspondientes incluidos en las respectivas áreas, como las de gestionarlos en general pero sin abarcar la adopción de resoluciones mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Duodécimo. Se establecen las siguientes delegaciones territoriales:
- Son Carrió: Mateu Frau Barceló.
- S'Illot, Cala Millor y Sa Coma: Nicolás Bordal Garcia.
Dichas delegaciones territoriales tienen carácter preferente sobre las delegaciones de materias genéricas y comportarán la coordinación con los otros delegados.
Decimotercero. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de los concejales delegados, se publicarán en el BOIB y se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión plenaria que se celebre.
Decimoquinto. Los concejales delegados informarán a la Alcaldía sobre la gestión y disposiciones que dicten y, previamente, de las decisiones de trascendencia.
Decimosexto. Se notificará esta resolución a los interesados y se publicará en la forma determinada en la intranet y en la página web municipal. "
Sant Llorenç des Cardassar, 19 de junio de 2015
El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda