Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 10700
Nombramiento de los miembros y atribuciones de la Junta de Gobierno
Por el presente se hace pública la siguiente Resolución de Alcaldía núm. 175/2015, de 15 de junio,
"En virtud de lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 23 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y 43, 52 y 53 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Nombrar miembros de la Junta de Gobierno los concejales siguientes:
Segundo. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones:
1. La asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus funciones.
2. Las que le delegue el Pleno de la Corporación.
3. Las que le delega expresamente esta Alcaldía en la presente resolución:
a) La concesión de licencias de obras, de títulos habilitantes en materia de actividades, de ocupación de vías públicas y las relacionadas con servicios de transporte.
b) La autorización, la disposición y la ordenación de gastos ordinarios, no urgentes, y de subvenciones.
c) La adquisición, la alienación y la concesión de bienes que sean competencia de la Alcaldía.
d) Las contrataciones y concesiones que sean competencia de la Alcaldía.
e) Los expedientes de expropiación de bienes que sean competencia de la Alcaldía.
f) La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno por la normativa vigente, aprobación de instrumentos de gestión urbanística, aprobación de proyectos de urbanización y resolución de expedientes de disciplina urbanística.
4. Las atribuciones que le otorguen las leyes.
Puntualmente se pueden someter a la aprobación de la Junta de Gobierno asuntos no relacionados con el apartado 3 y, por razones de urgencia, el alcalde puede resolver sobre asuntos delegados y dar cuenta en la primera sesión que se celebre.
Tercero. La Junta de Gobierno celebrará la sesión constitutiva el próximo día 18 de junio de 2015 a las 14:00 horas.
Cuarto. Si el Pleno de la Corporación así lo acuerda, la Junta de Gobierno se reunirá en sesiones ordinarias el primer y tercer jueves de cada mes, a las 12,30 horas, excepto durante el mes de agosto. Si un jueves fuera inhábil, la Junta de Gobierno se reunirá el primer día hábil siguiente.
Quinto. Esta resolución se notificará a los interesados, se publicará en el BOIB, intranet y página web municipal, y se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que éste celebre. "
Sant Llorenç des Cardassar, 19 de junio de 2015
El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda