Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 10415
Resolución de la directora gerente del Sector Sanitario de Llevant de 12 de junio de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir una plaza vacante de personal estatutario de la categoría de grupo técnico de la función administrativa, por el sistema de promoción interna temporal
Antecedentes
Dado que hay una plaza vacante de la categoría del grupo técnico de la función administrativa correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital de Manacor del 1 de mayo de 2015, es necesario cubrirla.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar las bases que rigen el proceso selectivo para cubrir dicha plaza, de conformidad con las especificaciones siguientes:
1) Requisitos:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares y prestar servicio en la Gerencia del Sector Sanitario de Llevant.
b) Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta.
c) Estar en la situación de servicio activo.
d) Tener un título de licenciatura universitaria o uno equivalente.
e) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría profesional a la que se opta.
2) Funciones:
a) Coordinación de las actividades y del personal del Servicio de Admisión.
b) Coordinación entre los servicios asistenciales.
c) Gestión y control de la actividad asistencial global.
d) Las propias de los miembros del Comité de Dirección y del Comité de Calidad.
e) Relaciones y coordinación con la atención primaria del área y con el hospital de referencia.
f) Control y custodia de la información relativa a los pacientes: historia clínica (integridad).
g) Codificación y translación al sistema de GRD de las actividades clínicas con el fin de facilitar la facturación del Hospital.
h) Asegurar el mantenimiento y el cumplimiento del SIG al servicio de Admisión.
i) Fomentar iniciativas en materia de calidad y seguridad de los pacientes, como identificar y notificar los riesgos, registrar los problemas relativos a la gestión de los riesgos, iniciar acciones para prevenir o reducir los acontecimientos adversos de los riesgos, tratamiento de los riesgos hasta conseguir un nivel aceptable para el Hospital, y comunicación interna y externa de los aspectos relacionados con la gestión de los riesgos.
En materia de prevención, estas son sus funciones:
a) Cumplir y hacer cumplir los objetivos preventivos establecidos, determinando objetivos específicos para su unidad basándose en las directrices recibidas.
b) Cooperar con los diferentes servicios del Hospital de Manacor con el fin de evitar la duplicidad o la contrariedad de las actuaciones.
c) Integrar los aspectos de seguridad, salud laboral, calidad y medio ambiente en las reuniones de trabajo con sus colaboradores y en los procedimientos de actuación de la unidad.
d) Revisar periódicamente las condiciones de trabajo de su ámbito de actuación.
3) Méritos que se valorarán: principalmente los conocimientos demostrables relativos a la Ley orgánica de protección de datos de carácter personal, a la prevención de riesgos laborales, a la calidad, a la gestión y el funcionamiento de un servicio de admisión y documentación clínica, a la gestión de conflictos, además de la experiencia previa en servicios admisión hospitalaria o similar (seis meses) preferiblemente, y experiencia demostrada en organización.
4) Procedimiento de selección: Valoración de los méritos aportados.
5) Trámite de solicitud
La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse —junto con el currículum y la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos— en el plazo de siete días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria. Dirigida a la Dirección Gerencia del Sector Sanitario de Llevant, debe formalizarse en el Registro del Hospital de Manacor o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Manacor, 12 de junio de 2015
La directora gerente del Sector Sanitario de Llevant
Catalina Vadell Nadal
Por delegación del consejero de Interior (BOIB 60/2008)
y del director general del Servicio de Salud (BOIB 62/2008)