Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10566
Ejecución de títulos judiciales 88/2014
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000088 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE SASTRE VALLESPIR contra la empresa ACEITES HACIENDA SAN FELIPE SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1.- Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial.
2.- Habiéndose acordado por el Fondo de Garantía Salaria, el abono al trabajador de la totalidad de la cantidad adeudada en la presente ejecución y constando en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado la cantidad de 363,35.-euros, se acuerda la entrega a Fogasa mediante la oportuna transferencia, quedando reducido el importe correspondiente a la subrogación a la cantidad de 286,16.-euros.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ACEITES HACIENDA SAN FELIPE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Palma de Mallorca.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a 3 de junio de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL