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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE INCA

Núm. 9948
Juicio de Faltas 280/2014

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Texto

 SENTENCIA

En Inca, a 20 de marzo de 2015.

Vistos por mí, CATALINA MARTORELL ALOMAR, Magistrada-Jueza titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Inca y su partido judicial, el procedimiento de JUICIO DE FALTAS Nº 280/14,  seguido por HURTO, en virtud de atestado de la Guardia Civil de Inca nº 429/14, que incorpora denuncia interpuesta por DÑA. JOSEFA LLAMAS GARCIA, en representación del establecimiento “Eroski Center” de Inca y asistida del letrado D. Luis Moyá Antón, contra DÑA. VANESA BARRERA DIAZ, DNI: 43181849-Q y DÑA. VANESA RUBIO AMAYA,  con DNI: 71720014-B, citadas mediante edictos, habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL, la Ilma. D. María Dolores Rial.

FALLO

 Que debo CONDENAR y CONDENO a VANESA BARRERA DIAZ como  responsable, en concepto de autora, de una FALTA DE HURTO, imponiéndole la pena de 1 MES DE MULTA con cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa, y al abono de las costas causadas.

Que debo CONDENAR y CONDENO a VANESA RUBIO AMAYA como  responsable, en concepto de autora, de una FALTA DE HURTO, imponiéndole la pena de 1 MES DE MULTA con cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa, y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes implicadas y al Ministerio Fiscal.

Contra esta sentencia cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN  en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes a su notificación y que se formalizará conforme a lo dispuesto en los artículos 976, 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la JUEZ que la dictó constituida en audiencia pública, en el día de su fecha. Doy fe.-

En INCA a 20 de Mayo de 2015.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL