Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 10363
Departamento de transportes. Convocatoria pública de subvenciones para la adaptación de los vehículos de auto-taxi a vehículos adaptados
La Junta de Gobierno Local de Calvià, en fecha 18 de mayo de 2015 acordó:
Primero.- Aprobar las bases específicas para la concesión de subvenciones para la adaptación de vehículos auto-taxi a vehículos accesibles.
Segundo.- La presente convocatoria de subvenciones está destinada a compensar el esfuerzo económico que ha de realizar el titular de la licencia al tener que adscribir a la misma un automóvil accesible.
Tercero.- Las subvenciones se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 170-44000-4720002 del presupuesto municipal vigente para el año 2015.
Los titulares de las licencias municipales de auto-taxi interesados en obtener ayudas deberán presentar la solicitud de subvención en el plazo de veinte días naturales desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de estas ayudas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Calvià.
Calvià, 9 de junio de 2015.
El Teniente de Alcalde delegado de Transportes.
( Decreto de Alcaldía 14/06/2011)
Manuel Grille Espasandín
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA ADAPTACIÓN DE LOS VEHÍCULOS AUTO-TAXI A VEHÍCULOS ADAPTADOS.
PRIMERA.- JUSTIFICACIÓN
Las presentes bases responden a una necesidad de interés social, para hacer frente, por parte del Ayuntamiento de Calvià, a una medida para promover y favorecer el cumplimiento del artículo 8 del R.D. 1544/2007, de 23 de noviembre por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. Dicho precepto dispone que “ los Ayuntamientos promoverán que al menos un cinco por ciento o fracción de las licencias de taxis, correspondan a vehículos adaptados”.( art.8)
Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Corporación para el año 2015 y en aquello, no previsto a esta, se aplicará supletoriamente la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
SEGUNDA .- OBJETO Y FINALIDAD.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las personas titulares de licencias de auto-taxis del Ayuntamiento de Calvià para la adaptación de los vehículos adscritos a las mismas.
La finalidad de la subvención es compensar el esfuerzo económico que ha de realizar el titular de la licencia al tener que adscribir a la misma un automóvil accesible.
La subvención municipal consistirá en la concesión a la persona titular de la licencia de auto taxi en una cantidad pecuniaria en concepto de subvención.
La concesión de las subvenciones se efectuará mediante el régimen de libre concurrencia entre los titulares de la licencias municipales de auto-taxi.
Las ayudas se otorgarán dentro de las previsiones presupuestarias previstas en la partida 170-44000-472002 ( subvención taxi accesible) del presupuesto vigente para el año 2015. El importe máximo comprometido para esta convocatoria es de 20.000 €.
La cantidad a subvencionar será como máximo de 5.000 euros para cada titular. No se incluirá en ningún caso el importe del IVA.
TERCERA.- REQUISITOS.
Para ser beneficiario de estas ayudas será preciso reunir los siguientes requisitos:
1.- Ser titular de una licencia de auto-taxi del Ayuntamiento de Calvià de conformidad con el Reglamento Municipal.
2.- Estar al corriente de obligaciones fiscales, sociales y laborales.
3.- No tener sanciones pecuniarias pendientes de pago, por infracciones previstas en el Reglamento Municipal del Servicio Público de Transportes de Viajeros en Automóviles de Turismo.
4.- Formular la correspondiente solicitud voluntaria de ayuda y aceptar expresamente las obligaciones contempladas para los beneficiarios.
5.- La subvención se otorgará por aquellas adaptaciones que se hayan realizado a partir del 1 de enero de 2015.
6.- No estar incurso en cualquiera de las causas de prohibición para recibir subvenciones determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
7.- No haber recibido otra subvención anterior por el mismo concepto.
Estos requisitos se deberán reunir en el momento de presentación de las solicitudes de esta convocatoria.
CUARTA.- SOLICITUD DE AYUDAS.
Los titulares de las licencias municipales de auto- taxi interesados en obtener ayudas deberán presentar la solicitud de subvención en el plazo de veinte días naturales desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de estas ayudas en el Boletín Oficial de Las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Calvià.
Las solicitudes, junto con la documentación que las acompañe, se presentará en el Registro General de la Corporación o en cualquier de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
QUINTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
- Original y fotocopia del DNI de la persona titular de la licencia de taxi ( euro taxi)
- Original y fotocopia de la factura de transformación y adaptación del vehículo.
- Declaración responsable haciendo constar que la persona responsable no concurre en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ( anexo 1)
SEXTA.- OBLIGACIONES
Los perceptores de la subvención están obligados a:
a) Aceptar la subvención. En el supuesto de que esto no sea posible tendrán que renunciar expresamente, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.
b) Cumplir con el objeto de la adaptación. Deberá tener adscrito a la licencia municipal de taxi un vehículo adaptado y comprometerse a mantenerlo en servicio durante cuatro años, pudiendo prolongar el servicio de forma indefinida.
c) Atender, de forma preferente, las llamadas de las personas con movilidad reducida y usuarias de sillas de ruedas.
d)Estar integrado en la emisora de Radio Taxi de Calvià.
e) Acreditar ante el Ayuntamiento, la adquisición del vehículo y/o su transformación mediante factura que indique marca, modelo, precio, número de bastidor y transformaciones efectuadas. En la factura deberá detallarse la fecha de emisión de la factura, su importe y la fecha de pago de la correspondiente factura ( incluido el justificante de dicho pago).
f) Cuidar en todo momento del perfecto funcionamiento técnico y mecánico del vehículo, así como su apariencia externa.
g) Aportar conformidad de la Inspección Técnica del vehículo, una vez adaptado para el transporte de personas con movilidad reducida.
h) Certificado de la empresa transformadora que el vehículo adaptado cumple con la norma UNE 26.494.
i) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la subvención.
j) Comunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones, entidades públicas o privadas nacionales o internacionales.
k) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
SÉPTIMA.- PUNTUACIÓN.
En el supuesto de que fueran recibidas más peticiones de subvención que el número de las ayudas a conceder, se procederá a la adjudicación de la siguiente manera:
1º.- Por tener adscrita actualmente la licencia al modelo de vehículo adaptado especialmente para el transporte de minusválidos ( eurotaxi):............................................................... 5 puntos.
2º.- El compromiso de mantener la licencia de auto-taxi con el vehículo adaptado a partir del cuarto año, desde la concesión de la ayuda:.................................................... 0,30 por cada año completo o fracción superior de 6 meses hasta un máximo de 3 puntos.
3º.- Si a pesar de ello hubiera empate, se adjudicarán las ayudas por orden cronológico en la presentación de la solicitud de subvención ante el Ayuntamiento de Calvià.
OCTAVA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
Se constituirá una Comisión de valoración que deliberará y propondrá la resolución de la convocatoria de subvenciones de acuerdo con las bases establecidas.
Esta Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:
- Presidente: El Teniente de Alcalde de Transportes o persona en quien delegue.
- El Jefe del Área de Transportes o persona en quien delegue
- Un funcionario o funcionaria de carrera designado por el Teniente de Alcalde de Transportes.
La Comisión elaborará un informe o propuesta de resolución en el que constará la relación de las personas beneficiarias para las cuales se propone la concesión de la ayuda económica prevista con valoraciones efectuadas, conforme a las presentes bases.
La Comisión de Valoración elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de otorgamiento para su aprobación definitiva, previo dictamen de la comisión informativa correspondiente.
NOVENA.- RESOLUCIÓN DE SUBVENCIONES
La Junta de Gobierno Local, a la vista de las cantidades consignadas en el presupuesto vigente para el ejercicio 2015, a la vista de la proposición de la comisión de valoración, asignará objetivamente y de forma individual las ayudas.
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/ Dª, ..................................................................,mayor de edad, con DNI ............................................... ,domiciliado/a en ..................................................... como titular de la licencia municipal de auto-taxi nº ........................... correspondiente a vehículo ............................................ declara bajo su responsabilidad que no se encuentra incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Calvià, a ...........................................
Fdo.: .............................................