Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4791
Procedimiento ordinario 1759/2012 sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dña. ROSA LUISA GALIANO LOPEZ, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Palma de Mallorca, hago saber que en el procedimiento de referencia se ha dictado SENTENCIA DE FECHA 11/04/14, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Nancy Ruys Van Noolen, en nombre y representación de Dª María Isabel Llompart Homs, declarando que D. Antonio González Álvarez y Dª María Isabel Vich Martorell adeudan solidariamente a la actora 151913,53 euros y condeno a los demandados a pagar solidariamente a la demandante 151913,53 euros así como al pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Condeno a D. Antonio González Álvarez y Dª María Isabel Vich Martorell al pago de las costas procesales.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en el plazo de 20 días de conformidad con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JORGE OSVALDO LAZARTE, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Marzo de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL