Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANCOR DE LA VALL

Núm. 10334
Elevación automática a definitivo del acuerdo provisional de la aprobación de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por el servicio de escuela infantil

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primero. Pasado el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 5 de noviembre de 2014 de aprobación provisional de la modificació de la ordenanza reguladora del Precio público por el servicio de escuela infantil. Y no habiéndose presentado reclamaciones, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo conforme a lo dispuesto en el artículo 102 d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

Segundo. El texto íntegro de la modificació de la ordenanza reguladora del Precio público por el servicio de escuela infantil se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, conforme lo establecido en el artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

Tercero. Contra el presente acuerdo definitivo de aprobación de la Ordenanza municipal, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante Sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

MODIFICACIÓN

Modificación del artículo 6 de la ordenanza que queda redactado de la siguiente manera:

EXENCIONES Y BONIFICACIONES

ARTÍCULO 6

A instancia de parte, y en todo caso previo informe favorable de los servicios sociales municipales, el Ayuntamiento de Mancor de la Vall por acuerdo del Pleno, podrá otorgar la exención total o parcial de las cuotas devengadas por asistencia y manutención, cuando las circunstancias socio económicas del solicitante manifiesten una situación de subsistencia que aconsejen la concesión de dichas bonificaciones o exenciones.

El Ayuntamiento podrá pedir cualquier tipo de prueba que acredite el estado socio - económico del solicitante.

Familias con tres hijos o más, menores de 18 años tendrán una bonificación del 10% del precio público del servicio de guardería si tienen un hijo matriculado, una bonificación del 20% del precio público del servicio si tienen dos hijos matriculados y una bonificación del 30 % del precio público del servicio si tienen tres hijos o más matriculados

Corrección del error de la DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Donde dice:

"Esta ordenanza deroga cualquier ordenanza anterior aprobada por el Ayuntamiento de Mancor de la Vall y referida al precio público de cementerio municipal."

Debe decir:

"Esta ordenanza deroga cualquier ordenanza anterior aprobada por el Ayuntamiento de Mancor de la Vall y referida al precio público por el servicio de escuela infantil."

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza Fiscal fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 5 de noviembre de 2014 y entrará en vigor a partir de su publicación definitiva.

 Mancor de la Vall, 11 de junio de 2015

El alcalde,

Juan Antonio Ripoll Campaner