Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 10315
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos por la cual se autoriza la cesión temporal y gratuita de uso de parte del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma de Mallorca, a la Asociación Bipolar de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un período de 99 años, mediante un convenio subscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado por el Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 1995.

2. La entidad Asociación Bipolar de Mallorca consta inscrita en el Registre de Asociaciones desde el 6 de octubre de 2006.

3. Esta asociación tiene por finalidad, entre otras, promover todo tipo de acciones e informaciones destinadas a mejorar la situación de las personas afectadas por las diversas formas de la referida enfermedad.

4. En fecha 16 de enero de 2014, la asociación se dirigió a la Consejería de Salud, adjuntando la documentación que figura en el expediente y solicitando formalmente un espacio en el Casal Ernest Lluch, para desarrollar sus funciones.

5. En fecha 24 de abril de 2015, la Secretaria General de la Consejería de Salud ha firmado un informe favorable sobre la cesión de un espacio del Casal Ernest Lluch en favor de la Asociación Bipolar de Mallorca.

6. A la vista de dicha memoria, el Consejero de Salud ha propuesto al Consejero de Hacienda y Presupuestos el inicio del expediente de cesión de uso gratuita y temporal de parte del inmueble.

7. El 14 de mayo ha tenido entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio de la Secretaria General de la Consejería de Salud, al cual adjunta, entre otros, copia compulsada de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Asociación Bipolar de Mallorca, e informe de tasación correspondiente al expediente de cesión de uso de un espacio del Casal Ernest Lluch a favor de dicha entidad.

8. Así, en fecha 01 de junio, el Consejero de Hacienda y Presupuestos ha resuelto, a propuesta del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, el inicio del expediente.

Fundamentos de Derecho

1. Los artículos 63, 64 i 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129 i 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).

4. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).

5. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se nombra a los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).

6. El Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 82, de 8 de junio).

7. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el cual se nombra al Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio).

Propuesta de Resolución

Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una Resolución en los términos siguientes:

1. AUTORIZAR la cesión de uso gratuita y temporal de un espacio de 1,5 m2 (identificado actualmente con el número 209), con derecho al uso de los elementos comunes, junto al resto de entidades cesionarias, en la segunda planta del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma de Mallorca, en favor de la Asociación Bipolar de Mallorca.

2. ESTABLECER, para la cesión temporal y gratuita de uso, las características siguientes:

  1. La asociación no podrá realizar actividades lucrativas.
  2. La cesión se hace por un período de cuatro años, prorrogables por iguales períodos de tiempo de forma expresa hasta agotar, como máximo, los veinte años que prevé la legislación vigente. El plazo comienza a contar a partir del día siguiente de la firma del acta de entrega.
  3. La cesión comporta para el cesionario la asunción de los gastos de conservación y mantenimiento, así como también las obligaciones tributarias que se deriven de la titularidad y el uso de la parte del inmueble que le sea cedida.
  4. Las mejoras del inmueble que realice la asociación quedarán en beneficio de la Administración cedente cuando se extinga la cesión.
  5. La cesión gratuita de uso conlleva la obligación por parte de la cesionaria de devolver el inmueble objeto de la cesión de uso cuando se acabe la cesión en las mismas condiciones y perfecto estado en que reconoce recibirlo.
  6. Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acta que autoriza la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, se considerará revocada la cesión y revertirán a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la cual tendrá derecho a percibir del cesionario, habiéndose hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

3. NOTIFICAR la presente Resolución a las partes interesadas.

4. ANOTAR la cesión temporal y gratuita de uso en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

  

Palma de Mallorca, 08 de junio de 2015

 

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

(en funciones)

Miguel Miralles Sastre

                                                           

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.

Palma de Mallorca,

El Consejero de Hacienda y Presupuestos

(en funciones) 

José Vicente Marí Bosó